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miércoles, 16 de septiembre de 2009

COMO NEGOCIAR CON LOS PERUANOS



COMO NEGOCIAR CON LOS PERUANOS

La forma de saludo habitual es el apretón de manos a la presentación y a la despedida, tanto para hombres como para mujeres. Entre mujeres (cuando ya se conocen) es habitual darse un beso en la mejilla.

• El trato es formal. En las presentaciones se utiliza el apellido precedido de Señor o Señora (e Ingeniero, Licenciado, Doctor).

• Los peruanos no son rigurosos en la observancia de la puntualidad. Hay que prever retrasos en las citas y no mostrarse enfadado por ello. Una forma de evitar los retrasos es citar a las personas con una hora de inicio y término de la reunión determinadas. Ayuda a manejar la llamada hora peruana (retraso en las citas).

• Las citas deben establecerse por la mañana y pueden incluir una invitación a comer, por lo que no es aconsejable concertar más de una visita diaria.

• Está bastante extendida la costumbre de los desayunos de trabajo (comienzan a las 8:00) sobre todo cuando se trata con grandes empresas o con la Administración.

• Previamente a la conversación de negocios se dedica tiempo a una charla informal. Debe evitarse hablar de política, asuntos raciales y de la época colonial, salvo que ellos introduzcan el tema.

• Temas de conversación favoritos son las culturas inca y prehispánica -especialmente los templos y monumentos de Machu Pichu, Cuzco o Chan Chan-, el fútbol, los deportes de aventura y las bondades ecológicas del país, por la cantidad de reservas naturales y microclimas.

• Durante las comidas hay que ser muy cuidadoso. Se espera que el invitado coma toda la comida del plato. En caso contrario debe ofrecerse una disculpa adecuada.

CONOZCA EL PAIS


El Perú tiene rasgos muy particulares y bien definidos. Está formado por tres zonas completamente distintas (costa, sierra y selva), el poder adquisitivo de su población no es uniforme y existe un enorme sector informal al margen del mercado. La actividad económica está concentrada esencialmente en Lima. Todos estos factores son muy relevantes a la hora de determinar el mercado potencial de su negocio y podrían invalidar totalmente estrategias que hayan funcionado bien en otros países latinoamericanos.

SI PUEDE, NO VENGA EN ENERO Y FEBRERO

Estos meses se corresponden con los meses de verano.

BUSQUE UN SOCIO LOCAL Y SEA RIGUROSO CON ÉL

Aunque algunos sectores y productos admiten planteamientos puramente comerciales, otros requieren estrategias a medio y largo plazo. En estos casos resulta recomendable establecer lazos empresariales con un socio local. Cumpla, pero también supervise y exija experiencia, conocimiento, acceso al mercado y capacidad financiera. La calidad y precios españoles no son bien conocidos y se tiende a trabajar con márgenes excesivamente altos en operaciones puntuales. Demuéstrele que su empresa es seria y que tiene un buen producto.

SELECCIONE UN INTERMEDIARIO FINANCIERO


Hay una buena oferta, en la que la participación española es notable. Los márgenes, comisiones bancarias y seriedad varían bastante de unos establecimientos a otros.

CONTACTE CON EL MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Si su empresa está involucrada en un proyecto del sector público, tenga muy presente que el Gobierno peruano vigila cuidadosamente su endeudamiento exterior y que, por lo tanto, este ministerio realiza una minuciosa selección. Muchos de estos proyectos no son finalmente aprobados, así que es recomendable asegurarse cuanto antes de que el suyo es realmente prioritario. Sus contactos locales pueden resultar muy útiles para esa cuestión en concreto.

martes, 15 de septiembre de 2009

INGRESO Y SALIDA DE MASCOTAS DEL PAIS



INGRESO Y SALIDA DE MASCOTAS DEL PAIS

Para internar a Chile animales en calidad de mascotas, sus dueños/as deben solicitar autorización al SAG y procurar que los animales cumplan con los requisitos sanitarios exigidos.

SOLICITUD DE INGRESO Y SALIDA DE PERROS Y GATOS AL PAIS

Requisitos

• El animal no debe presentar signos de enfermedades transmisibles al momento del embarque.
• El animal debe haber sido sometido a un examen clínico, con una antelación máxima de 10 días previos al embarque (15 días si el origen es Estados Unidos), en el cual se le ha reconocido estar libre de enfermedades transmisibles.

• El animal debe haber sido vacunado contra la rabia entre 1 y 12 meses que precedieron al embarque (excepto si procede de un país declarado oficialmente libre de la enfermedad).
• No se exigirá la vacunación antirrábica, si el país de procedencia está declarado oficialmente libre de rabia. En este caso se exigirá que se certifique esta condición.
• El animal debe haber sido sometido a un tratamiento antiparasitario externo e interno.

Documentos

• Certificado sanitario oficial en original, otorgado por la Autoridad sanitaria competente del país de origen, que acredite el cumplimiento de las exigencias sanitarias de internación.

• El certificado sanitario oficial, para dar cumplimiento a los requisitos de internación no puede ser emitido con anterioridad al examen clínico de la mascota y tendrá una vigencia de 20 días calendario una vez emitido.

SOLICITUD DE AUTORIZACION PARA INTERNAR AVES MASCOTAS


Las aves mascotas son aquellas transportadas y cuidadas por sus propios dueños, su uso es exclusivo como aves de compañía en cautiverio y sin fines de reproducción y/o comercialización.

La internación de aves mascotas o de compañía es autorizada por el SAG siempre que se dé cumplimiento a las exigencias sanitarias generales y específicas impuestas por Chile.

A quién está dirigido

A personas que deseen ingresar a Chile con aves de compañía como mascotas. Un propietario puede ingresar sólo un ejemplar y, ante casos debidamente justificados, el SAG podrá autorizar un número mayor. La solicitud puede ser efectuada por el propietario o un representante debidamente autorizado; los antecedentes se deben enviar a propec@sag.gob.cl.

Requisitos:

1) Origen de las aves:
• El país o zona de procedencia debe poseer un programa de vigilancia permanente para influenza aviar de notificación obligatoria, enfermedad de Newcastle y otras enfermedades infectocontagiosas de importancia en aves.
• Ausencia de casos de influenza aviar y de otras enfermedades infectocontagiosas de importancia en aves, en los últimos 30 días como mínimo, dentro de un radio de 10 km del plantel o domicilio de procedencia.
• Proceden de un plantel o domicilio que no está sujeto a restricciones sanitarias por programas de control o erradicación de enfermedades de aves.
• Han permanecido con su dueño desde su nacimiento o, a lo menos, 90 días previos a su embarque con destino a Chile, en un domicilio conocido (en el lugar residencia del propietario), o en un plantel autorizado por el servicio veterinario oficial (SVO) del país de origen, donde ha cumplido su período de aislamiento.

2) Las aves:

• No han estado en contacto con otras aves, por lo menos, 90 días previo al embarque.
• Deben estar anilladas o identificadas con microchips u otro sistema que permita su identificación individual.
• No han sido inmunizadas con algún tipo de vacuna para influenza aviar.
• Deben contar con el certificado CITES, si corresponde.
• El propietario, o un representante debidamente autorizado, debe acompañar personalmente al ave mascota desde su país de origen hasta su internación a Chile.

3) Cuarentena de pre-embarque

Las aves deben haber sido aisladas los últimos 30 días previos a su embarque y examinadas por médicos veterinarios del SVO del país de origen o por médicos veterinarios privados debidamente autorizados por dicho SVO. El examen físico debe demostrar la ausencia de signos clínicos evidentes de enfermedades infectocontagiosas.

Durante dicho período se deben realizar pruebas diagnósticas y analizarlas en un laboratorio oficial; los resultados deben ser negativos. Las aves deben recibir tratamiento para ornitosis y parasitismo interno y externo.

4) Transporte:

• Al momento del embarque las aves no deben presentar signos clínicos de enfermedades transmisibles.
• El transporte desde el domicilio de procedencia hasta su embarque hacia Chile se debe realizar bajo control oficial de la autoridad sanitaria competente, quien debe asegurar que:

o no entraron en contacto con otras aves;
o el transporte se realizó en jaulas u otros contenedores sellados de primer uso y destinados para tales fines, debidamente lavados y desinfectados con productos de reconocida eficacia;
o el transporte se realizó en vehículos o compartimientos que aseguren la mantención de las condiciones higiénico sanitarias y de bienestar animal.

5) Certificación

• Las aves deben estar amparadas por un certificado sanitario oficial otorgado, al momento del embarque, por la autoridad sanitaria competente del país de procedencia, que debe acreditar el cumplimiento de las exigencias sanitarias, estipular el país y establecimiento de procedencia, identificar al ave, propietario y medio de transporte.
• También deben adjuntarse los protocolos de las pruebas diagnósticas realizadas previas al embarque, en un laboratorio oficial o debidamente acreditado por la autoridad sanitaria.
• Las especies incluidas en la Convención CITES deben estar acompañadas del certificado correspondiente.

6) Cuarentena de ingreso

Las aves que ingresen a Chile deben cumplir una cuarentena mínima de 30 días en la Estación Cuarentenaria del SAG, durante la cual serán sometidas a las pruebas diagnósticas y tratamientos que el Servicio determine.

Documentos

• Certificado sanitario oficial otorgado por la autoridad sanitaria competente del país de procedencia (páginas 4 y 5 de la Resolución N° 5.459/2007).
• Protocolos correspondientes a las pruebas diagnósticas.
• Certificado CITES para las especies listadas como protegidas por esta Convención, otorgado por la autoridad administrativa CITES del país de origen.
Costo: variable, asociado a procedimientos como:
• trámite administrativo de internación;
• inspección SAG;
• período de cuarentena;
• realización de pruebas diagnósticas.

INGRESO DE OTROS ANIMALES A CHILE



• En el caso de otros animales se debe contar con la certificación sanitaria oficial y los permisos CITES correspondientes (si la especie que está ingresando se encuentra listada en la Convención), verificando en la oficina SAG de regiones la información sobre la exigencia sanitaria en particular.

SALIDA DE MASCOTAS DEL PAIS


Para sacar de nuestro país animales en calidad de mascotas, su dueño/a debe consultar en los respectivos consulados sobre las normas de ingreso de mascotas propias del país de destino.

El SAG entrega el certificado sanitario oficial, avalando el cumplimiento de estos requisitos sanitarios, la vigencia de este documento depende del receptor.

Certificación sanitaria para viajar con perros y gatos fuera de Chile

Este trámite permite obtener el certificado sanitario de exportación necesario al viajar fuera de Chile con estas mascotas.

Requisitos

Cumplir las exigencias sanitarias establecidas por el país de destino.

Qué documentos debe presentar

• Certificado de salud extendido por un médico veterinario privado.
• Certificado vacuna antirrábica
Costo: 0,14 UTM
Plazo de entrega: 24 horas
Vigencia: 7 días
Formulario: Sí
Dónde se obtiene: Oficinas sectoriales de cada Región
Información y presentación: Oficinas sectoriales de cada Región

Normas que lo regulan

• Leyes N° 18.755/79 Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero; 19.283/94 que modifica la anterior.
• Decreto Ex N° 88 de 2004. Fija tarifa.

Observaciones

• Los países de destino pueden exigir otros requisitos para autorizar el ingreso de la mascota, lo que se debe preguntar en los respectivos consulados.
• Asimismo, algunos países exigen la legalización del certificado sanitario, lo cual debe ser solicitado al Departamento de Legalizaciones del Ministerio de Relaciones Exteriores y, finalmente, presentar estos documentos al Consulado o Sección Consular del país donde van a ser utilizados, para los efectos de su autenticación.

• Certificación CITES para viajar con animales silvestres fuera de Chile

• Los permisos CITES de exportación o reexportación de las especies listadas en la Convención son entregados por las Oficinas Regionales del SAG.

lunes, 14 de septiembre de 2009

NEGOCIAR CON LOS FRANCESES



NEGOCIAR CON LOS FRANCESES

No es fácil ser recibido en Francia. Hay que suscitar el interés del interlocutor con una documentación detallada (preferentemente en francés) sobre la empresa y los productos, y una exposición clara sobre los objetivos de la entrevista.

La forma de negociar es lenta. Una estrategia muy utilizada por los negociadores franceses es tratar de que la otra parte sea el demandante, el que inicie los temas; con ello se debilita su posición.

• El ambiente es formal y reservado. No deben hacerse preguntas personales ni tratarse asuntos considerados como confidenciales (cifra de negocios, salarios, competidores etc.).

• Las presentaciones deben ser formales, informativas y muy bien estructuradas.
Hay que transmitir la impresión de que se domina el tema.

• Cuando se quiere introducir un nuevo producto o servicio conviene hacer hincapié en las investigaciones previas que se han llevado a cabo.

• Los argumentos tienden a ser analíticos, apoyados en la lógica, pero también en un lenguaje retórico, no exento de ingenio. Les gustan mucho las discusiones verbales. Priman más las palabras y las imágenes que los datos y los hechos.

• En ocasiones elevan el tono de voz y gesticulan mucho. Esta actitud significa más bien que tienen interés, aunque pueda parecer que están enfadados.

• La forma de conversar no es lineal. Se considera un proceso dinámico en que cada una de las partes puede interrumpir a la otra.

• Las opiniones y argumentos que se defienden con brillantez son muy valorados aunque se opongan diametralmente a los suyos.

• No es necesario responder a cada una de las objeciones que realicen una propuesta. Ellos prefieren que cada parte defienda su posición, no que trate de refutar la del contrario.

• Se negocia punto por punto, cada parte exponiendo sus razones. Es conveniente evitar el enfrentamiento: les gusta el debate, pero no deben crearse situaciones de tensión ya que pueden interpretarlas como ataques personales.

• A veces, cuando un argumento de la otra parte les satisface, lo presentan como propio en la siguiente reunión. No conviene mencionárselo; heriría su sensibilidad.

• El precio es lo último que se negocia. No se sienten cómodos hablando de dinero. La técnica del regateo no está bien vista.

• Es necesario ir bien preparado a la negociación y tener autoridad suficiente para tomar decisiones sobre los temas que se debaten. No les gusta que se tenga que consultar con lo superiores una vez que se haya regresado al país.

ESTRATEGIA DE NEGOCIACION

Al negociador francés le cuesta mucho decir “no” directamente. En su lugar utiliza propuestas verbales sin contenido real con las que tratan de evitar una negación expresa. Al negociador extranjero esta actitud puede parecerle una falta de poder para tomar la decisión o una estrategia para conseguir más concesiones, cuando en realidad es un rechazo de lo que se propone. Identificar estas situaciones ahorra tiempo y esfuerzo.

• Las estructuras de las empresas son muy jerárquicas, lo que permite que la decisión final sea rápida, siempre que se negocie con la persona adecuada. Para temas importantes hay que negociar directamente con el máximo ejecutivo.

• Los negociadores franceses son cooperativos; buscan la estabilidad en las relaciones con sus clientes y distribuidores.

• En los contratos y en la correspondencia comercial hay que tener en cuenta que son muy nacionalistas con el idioma y no han adoptado la terminología anglosajona de negocios común en casi todos los países. Por ejemplo, software se dice logiciel, marketing es mercatique y para royalty se utiliza la palabra redevance. En las conversaciones empresariales sí se utilizan los anglicismos.

NORMAS DE PROTOCOLO

La forma de saludo es el apretón de manos, aunque no tan fuerte como en Alemania o Estados Unidos. Cuando se saluda a mujeres hay que esperar que ellas ofrezcan la mano primero. Los besos en las mejillas, conocidos como les bises, (en realidad consisten en frotar ligeramente una mejilla contra otra y besar al aire tres veces), sólo
se utilizan en un contexto familiar y de amigos. Sería de muy mala educación utilizarlos con proveedores o clientes.

• Las expresiones de saludo más utilizadas son Comment allez‐vous? (¿Cómo está Usted?, y más informalmente bonjour (“buenos días”, que también se utiliza cómo ¡hola!) o Cá va? (¿Qué tal?)

• El trato es formal. A las personas se les presenta por el apellido, al que precede los títulos de Monsieur (Señor), Madame (Señora) y Mademoiselle (Señorita) –éste último sólo se utiliza para chicas jóvenes y solteras. Estos títulos se siguen empleando durante la conversación para dirigirse a las personas, a veces sin añadir el apellido.

• Es indispensable tratar a las personas de Usted (Vous), aunque se las conozca desde hace tiempo.

• El contacto visual es muy frecuente e intenso, de forma que los extranjeros que no estén acostumbrados a mirar a los ojos, pueden sentirse intimidados.

El intercambio de tarjetas es habitual. Los franceses incluyen en la tarjeta sus títulos académicos, especialmente si son de escuelas de prestigio.

• En ocasiones, si puede evitarse es mejor no hablar en inglés debido a la gran rivalidad que tienen con el mundo anglosajón. Es preferible intentar entenderse en francés o en español; por otra parte, si no se habla francés es conveniente disculparse por ello, ya que tienen en gran estima su idioma.

• Al inicio de la conversación está bien visto hacer cumplidos, por ejemplo, sobre el resultado favorable de un equipo de fútbol local, o lo bien que resultó el último pedido.

• También es positivo elogiar el país, en general. A diferencia de los alemanes que consideran que “todo lo alemán es bueno”, los franceses consideran que “todo lo bueno es francés”.

• Temas de conversación favoritos son la historia, el arte, los deportes (fútbol y ciclismo) y gastronomía. Conviene estar preparado para responder a comentarios ingeniosos sobre vinos de otros países en relación a los franceses. Debe evitarse hablar de política, dinero o asuntos personales.

• La comida de negocios más habitual es a mediodía (déjeuner). Es preferible que sea el anfitrión francés el que inicie la conversación de negocios, aunque tampoco está mal visto que lo haga el visitante extranjero.

• La cocina francesa es famosa en todo el mundo por la exquisitez y la gran variedad de sus platos. En un restaurante no debe elegirse el plato más caro ni tampoco olvidarse de alabar las excelencias gastronómicas.

Es positivo probar algunos de sus platos preferidos como los caracoles o las ostras. Uno de los platos más típicos es el cassoulet, un asado de carne con judías.

• En la mesa deben cuidarse mucho las formas. No se debe comer ni beber en exceso. La lechuga no se corta con el cuchillo, se pliega en pequeños trozos. Al final de la comida se pasa una bandeja de quesos: la norma es que sólo hay que servirse una vez.

• No hay tradición de regalos entre empresas. En cualquier caso se entregan una vez que se ha llegado al acuerdo –los regalos con el logotipo de la empresa no son muy apreciados‐.

Si se es invitado a una casa no debe llevarse vino o perfumes (son su especialidad). Chocolates, licores o flores (excepto rosas o crisantemos) pueden ser una buena elección.

• Los franceses acostumbran a tomar cuatro o cinco semanas de vacaciones al año. La última semana de julio y el mes de agosto la mayoría de la gente está de vacaciones. No es época para hacer negocios.
fuente icex

viernes, 11 de septiembre de 2009

GLOSARIO DE TERMINOS DE COMERCIO EXTERIOR



GLOSARIO DE TERMINOS DE COMERCIO EXTERIOR


ACOPIO DE MERCANCIAS
Acopio de Mercancías es el almacenamiento de mercancías en recintos de depósito aduanero previo a la tramitación de un documento de destinación aduanera.

ACTO DE CONCESION
El acto de concesión es el acto administrativo emanado de la Junta de Administración y Vigilancia de la Zona Franca por el cual se otorga a una persona natural o jurídica el derecho a operar en Zofri y Parenazón y desarrollar todas o algunas de las actividades autorizadas por la ley.

ACUERDOS DE COMPLEMENTACION
Son acuerdos que se establecen, entre dos países que se otorgan preferencias arancelarias no extensivas a terceros países de la zona.

ADMISION TEMPORAL
Ingreso al territorio nacional o al resto del país de ciertas mercancías provenientes del extranjero o de zonas de tratamiento aduanero especial, con un fin determinado y para ser importadas, reexportadas o devueltas a su lugar de origen dentro de un plazo establecido.

ADMISION TEMPORAL, SIN MODIFICACION MERCANCIAS
Las mercancías extranjeras ingresan al país y salen en el mismo estado que ingresaron, se acogen al principio de identidad (lo que ha ingresado al país es igual a lo que está saliendo del país).

AFORO ADUANERO
El Aforo Aduanero constituye la operación única que, realizada por funcionarios técnicos debidamente autorizados, permite: a) Practicar en una misma actuación, el examen físico y la revisión documental, b) Determinar la clasificación arancelaria de la mercancía, c) La determinación de su valor para la aplicación de los tributos arancelarios y para arancelarios, d) La determinación de su origen, cuando proceda, e) La correcta aplicación de los Convenios Internacionales que corresponda, f) La procedencia del régimen aduanero solicitado por el dueño, consignante o consignatario, de las mercancías a través del despachador de Aduana, g) Determinar demás datos para fines de tributación y fiscalización aduanera.

AFORO POR EXAMEN
Operación consistente en comprobar el debido acertamiento tributario aduanero, cuando el interesado lo solicite expresamente o cuando los documentos presentados no contengan todos los antecedentes necesarios para que el fiscalizador lo determine o compruebe.

AFORO Y LIQUIDACION
El servicio de aduanas con su personal especializado y profesional, fiscalizadores, mediante la operación técnica de aforo y un cálculo matemático denominado liquidación hace la dicha determinación o acertamiento de los tributos. (Revisión de los derechos determinados por el despachador de Aduana).En la practica este acertamiento lo realiza el agente de aduanas, quien determina con los documentos y antecedentes que le proporciona el dueño de las mercancías, los derechos, impuestos y tasas que en cada oportunidad corresponde aplicar a las mercancías, para lo cual confecciona la respectiva declaración de ingreso para importación que tiene incorporado el formulario liquidación de gravámenes giro comprobante de pago, que presenta a la aduana, en forma manual con una guía entrega documentos movimiento interno o mediante sistema electrónico de datos EDI.

AGENTE DE ADUANAS
El Agente de Aduanas es un profesional auxiliar de la función pública aduanera, cuya licencia lo habilita ante la Aduana para prestar Servicios a terceros como gestor en el despacho de mercancías. No puede actuar en sus propios despachos, en caso de tener además la calidad de consignante y consignatario de mercancías.

AGENTES DE CABOTAJE Y EXPORTACION
Personas naturales que actúan en representación de terceros ante la Aduana en el trámite legal de destinaciones aduaneras de exportación y cabotaje.

ALMACEN EXTRAPORTUARIO
Recinto de depósito aduanero autorizado mediante habilitación directa o por licitación, para prestar servicios a terceros, para almacenar cualquier mercancía hasta el momento de su retiro.

ALMACEN PARTICULAR
Son recintos perfectamente deslindados, ubicados fuera de los recintos aduanero / portuarios para el depósito de mercancías extranjeras, a donde se pueden trasladar sin previo pago de tributos, ubicable con dirección completa (calle ., ciudad, comuna, provincia o mapa, con condiciones de seguridad necesarias para el debido resguardo de las mercancías).

ALMACEN PARTICULAR
Son recintos perfectamente deslindados, localizados fuera de las áreas de depósito aduanero portuarias, para el mero depósito de mercancías extranjeras, a donde se puede trasladar cualquier tipo de mercancías sin previo pago de tributos, ubicable con dirección completa (calle comuna provincia o mapa), con condiciones de seguridad necesarias para el debido resguardo de las mercancías. De propiedad del dueño de las mercancías o por arrendamiento debidamente acreditado.

ALMACEN VENTA LIBRE
Es un recinto perfectamente deslindado dentro del Aeropuerto, en el cual se depositan mercancías extranjeras, nacionales y nacionalizadas, para ser vendidas para el uso o consumo de los pasajeros de aeronaves que se dirijan al exterior, que arriben al país se encuentren en tránsito al extranjero.

ALMACENES PUBLICOS
Almacén Público es el local dentro de la Zona Franca, de propiedad de la Junta y bajo su directa administración y explotación, principalmente destinado a prestar servicios de almacenamiento a mercancías a título de depósito.

ALMACENES WARRANT
Son almacenes generales de depósito o establecimientos, recintos, depósitos o contenedores destinados a recibir o guardar mercancías y productos con arreglo a las disposiciones de la presente ley, sean estos de propiedad del almacenista o de otra persona.

APROVISIONAMIENTO
Son mercancías para pasajeros, tripulantes o para el servicio de una nave o vehículo de trafico nacional.

ARANCEL ADUANERO
Un arancel aduanero es una lista de mercancías que indica todos los derechos de aduana vigentes en un país determinado. Se aplica con fines tributarios, con el objeto de obtener entradas para el erario nacional y/o con fines extratributarios, para regular indirectamente las importaciones y exportaciones, como instrumento de política económica.

ARANCEL AD VALOREM
Los Aranceles Ad valorem son aquellos que gravan las mercancías extranjeras sobre el valor Cif o Valor Aduanero de las mismas.

ARANCELES AUTONOMOS O DE TARIFA AUTONOMA
Los Aranceles Autónomos o de Tarifa Autónoma, son aquellos en que las tarifas se fijan y modifican mediante la exclusiva voluntad del país de que se trata, con absoluta independencia de terceros países.

ARANCELES DE TARIFA CONVENCIONAL
Los Aranceles de Tarifa Convencional. Son aquellos determinados por Acuerdos Internacionales de carácter general (Ejemplo: Negociaciones del G.A.T.T.) o convenios entre dos países. En estos casos, las tarifas (y, eventualmente, nomenclatura) no pueden ser modificadas sin el acuerdo de la otra u otras partes contratantes.

ARANCELES DE TARIFA DIFERENCIAL
Los aranceles de tarifa diferencial claramente discriminatorios, que gravan con derechos superiores a los generales, a las mercancías originarias de determinados países.

ARANCELES DE TARIFA PREFERENCIAL
Los aranceles de tarifa preferencial, son aquellos que aplican gravámenes de menores derechos que los generales a los productos provenientes de determinados países (preferencias arancelarias).

ARANCELES ESPECIFICOS
Los Aranceles Específicos son aquellos que gravan las mercancías por su naturaleza física, vale decir, se aplica una cuota o cantidad fija de dinero, según el peso, volumen, la superficie, la cantidad de unidades, etc., de cada producto.

ARANCELES MIXTOS
Los Aranceles Mixtos, son aquellos que gravan a las mercancías tanto con derechos específicos como de derechos ad valorem. Dadas las diferencias existentes entre ambos sistemas tributarios, pretenden, aplicándose combinadamente, obtener el máximo de ventajas con los menores inconvenientes.

ARANCELES PROTECCIONISTAS
Los Aranceles Proteccionistas o Económicos sirven de instrumento para aplicar determinadas políticas económicas, y lograr el desarrollo de un sector industrial específico.

ARANCELES RENTISTICOS O FISCALES
Los Aranceles Rentísticos o Fiscales son aquellos que persiguen, fundamentalmente, la obtención de recursos financieros para incrementar los erarios nacionales.

ARRIEROS
Son las personas que, en cabalgadura y con bestias de carga o piños de ganado, entren al país por vía terrestre

BARRIO INDUSTRIAL
Sector de la Zona Franca donde están instaladas las empresas industriales que se dedican a la armaduría, transformación o ensamblado de mercancías.

BASE IMPONIBLE
La Base Imponible, es la suma o monto sobre la que se van a determinar los tributos de las mercancías.

BODEGAS PÚBLICAS
Las bodegas públicas son almacenes públicos o depósitos públicos.

CABOTAJE
El trafico de cabotaje es el transporte por mar de mercancías nacionales o nacionalizadas, o la simple navegación entre dos puntos de la costa del país, aunque sea por fuera de sus aguas territoriales pero sin tocar puerto extranjero.
También se define al Cabotaje como: El transporte por mar de mercancías nacionales o nacionalizadas, o la simple navegación entre dos puntos de la costa del país, aunque sea por fuera de sus aguas territoriales pero sin tocar puerto extranjero.

CAMARA FRANCA
La cámara franca, corporación de derecho privado establecida por los importadores y exportadores de Magallanes y con domicilio en Punta Arenas. Sus objetivos son el Fomento y Desarrollo del Comercio Internacional de Magallanes, estrechar vínculos con la Sociedad Administradora de la Zona Franca, promover estudios e investigaciones para abrir aun más el mercado de importación de Punta Arenas, etc.

CLAUSULA DE NACION MAS FAVORECIDA
La cláusula de la nación mas favorecida, corresponde a una estipulación entre dos o más estados, en virtud de la cual los mismos se garantizan recíprocamente una ventaja equivalente a la que acuerden a un tercero, la que se hará extensiva automáticamente a las partes contratantes.

CODIFICACION
La codificación se puede decir que es el hecho de transformar, cualquier información, mercancía, etc., a números o claves.

COMERCIANTE
Es un empresario cualquiera que, como en toda actividad económica, busca un beneficio: su filosofía consiste, en vender caro lo que compra barato, velando por el interés de la colectividad, intervendrá siempre que las circunstancias de algún mercado concreto hagan que las diferencias entre precios de costo y de venta sean excesivas.

COMERCIO
El comercio constituye una faceta de la actividad económica consistente en acercar las distintas clases de bienes o productos, del lugar donde son a los puntos de consumo, incrementando en este proceso la utilidad de los objetos sujetos a tráfico mercantil. Intenta salvar, en el tiempo y en el espacio, la distancia entre producción y consumo.

COMISO JUDICIAL
El comiso judicial, son las mercancías incautadas por las cuales un tribunal aduanero o judicial, declara por Resolución Fundada, que pasen a propiedad del fisco para su subasta al mejor postor.

ANALOGIA
La Analogía es el parecido de una cosa con otra similar, con la que esta se asemeja. Es una relación, entre si, de cosas distintas o de diferentes objetos o conceptos a los cuales se les aplica un término común.

BIEN DE CAPITAL
Bienes de Capital son maquinas, vehículos, equipos y herramientas destinados directa o indirectamente a la producción de otros bienes o servicios o a la comercialización de ellos.

CONTINGENTES
Los contingentes o cuotas son la determinación de cantidades que se permite exportar o importar en un período específico como límites máximos para ambas formas de intercambio.

CONTROL ADUANA
Son medidas tomadas para asegurar la observancia de las leyes y reglamentos que la Aduana debe aplicar y pueden ser de carácter general o particular.

COURRIER, DOCUMENTOS
Mensajes, informaciones o datos enviados a través de papeles, cartas, fotografías o por medios magnéticos o electromagnéticos de índole bancario, comercial, judicial, de seguros, de prensa, catálogos entre otros.

COURRIER, EXENCION DUS
Los documentos se embarcan con la sola presentación del manifiesto courrier numerado y fechado por aduana, por tanto no requieren, DUS ni DUS segundo mensaje aduana verifica los bultos en forma documental o física.

CUENTA DE CAPITAL
La cuenta de capital esta formada por la balanza de capitales a largo plazo, la balanza de capitales a corto plazo, los movimientos de oro monetario y las donaciones internacionales.

DEFICIT TENDENCIAL
El déficit tendencial es un desequilibrio permanente de la balanza de pagos, es conveniente para solucionarlo recurrir a la regulación del comercio exterior. No es un déficit que basta pagar, sino de un permanente desequilibrio en el intercambio internacional que es necesario corregir en sus causas.

DEFICIT TRANSITORIO
El déficit transitorio es una deficiencia de la balanza de pagos que surge en forma ocasional o eventual.

DEPOSITOS FRANCOS AERONAUTICOS
Son lugares ubicados en recintos de aeropuertos internacionales, que el Director Nacional de Aduanas determine, destinados a guardar todas las especies que las empresas aéreas chilenas o extranjeras reciban del exterior para el uso, consumo o empleo a bordo del avión en viaje, para la atención y comodidad de los pasajeros y tripulantes, mantenimiento y conservación de las aeronaves mismas, sin pagar derechos de aduana.

DEPOSITOS FRANCOS PARA ABASTECIMIENTOS DE LAS BASES ANTARTICAS
Son construcciones o recintos perfectamente deslindados que, reuniendo las condiciones de seguridad que determine el Administrador de la Aduana respectiva y previa caución real o nominal que se determine las siguientes mercancías: instalación, mantención y abastecimiento de las Bases Antárticas; equipos científicos de los miembros de las misiones; efectos personales de los miembros de las dotaciones Antárticas; rancho para los vehículos encargados del transporte.

DEPOSITOS PUBLICOS
Los depósitos públicos son espacios cubiertos, o al aire libre, habilitados por la administración, para el almacenamiento de mercancías a titulo de depósito conforme al tarifado determinado por la gerencia.

DERECHO ADMINISTRATIVO ADUANERO
El derecho aduanero Administrativo, es aquel que esta constituido por todas las disposiciones legales que el derecho aduanero toma del Derecho Administrativo, aplicando al ordenamiento aduanero las disposiciones del Derecho Administrativo.

DERECHO ADUANERO Y CONTENIDO
Es el conjunto de normas legales que determinan el régimen fiscal a que deben someterse los intervinientes en el tráfico internacional de mercancías a través de las fronteras, nacionales o aduaneras, por las vías marítima, terrestre, aérea y postal, que organizan el servicio público destinado a su control, le fijan sus funciones señalan las clases y formalidades de las operaciones sobre las mercancías, establecen, los tribunales especiales y el procedimiento de las causas a que dichos tráficos dieren lugar y por ultimo regula las actividades de las personas, en cuanto a su intervención o actuación ante la aduana.

DERECHO PENAL ADUANERO
Corresponde al conjunto de disposiciones legales que el Servicio de Aduanas, toma del derecho penal, para aplicar a las personas que infringen las disposiciones establecidas por la Aduana, de manera especial para sancionar el delito aduanero de contrabando y /o fraude.

DERECHO TRIBUTARIO ADUANERO
El derecho tributario aduanero, es aquel que está constituido por las disposiciones legales que el derecho aduanero toma del derecho tributario, para aplicar en la Aduana al pago de derechos, impuestos, tasas y demás gravámenes, exigibles en el ordenamiento jurídico aduanero nacional.

DERECHOS DE ADUANAS.-
Son los derechos que se aplican a las mercancías importadas bajo régimen general, pueden ser derechos específicos o ad valorem.

DESPACHADORES DE ADUANA
Profesional auxiliar de la función pública aduanera, cuya licencia lo habilita ante la Aduana para prestar servicios a terceros como gestor en el despacho de mercancías.

DESPACHO DE LAS MERCANCIAS
El despacho de las mercancías está constituido por las gestiones, tramites y demás operaciones que se efectúan ante la Aduana en relación con las disposiciones aduaneras y que pueden ser efectuadas solo por ciertas personas que la ley determina: los dueños, porteadores, remitentes, destinatarios.

DESTINACION ADUANERA
Se entiende por destinación aduanera la manifestación de voluntad del dueño, consignante o consignatario que indica el régimen aduanero que debe darse a las mercancías que ingresan o salen del territorio nacional.

DINERO
Es un medio de cambio (pago) de aceptación generalizada; vale decir es cualquier cosa aceptada por todas las personas en pago de bienes y servicios. Las funciones más importantes del dinero son las del medio de cambio, deposito de valor y unidad de cuenta.

DINERO COMO UNIDAD DE CUENTA
En su función de unidad de cuenta, el dinero permite disponer de una medida o patrón homogéneo para expresar el valor o los precios de todos los bienes. Para esta función no necesariamente debe tener existencia física real, sino solo actuar como equivalente general del valor de todos los bienes.

DIRECCION NACIONAL DE ADUANAS
La Dirección Nacional de Aduanas es un cuerpo administrativo central bajo la dirección del jefe superior del Servicio que es el Director nacional de Aduanas, este aparato comprende, además los departamentos respectivos como: Jurídico, de Estudios, de Operaciones, de Supervisión, de Control de Drogas, Administrativo, Informático, entre otros.

DIVISIÓN DE MERCANCIAS
Separación física a que pueden ser sometidas las mercancías que se encuentran amparadas por un mismo conocimiento de embarque u otro documento que haga sus veces.

DOCUMENTO UNICO DE SALIDA
Es el documento aceptado por la Aduana que indica la información y el valor de las mercancías que se. Aceptado a trámite el DUS se entiende que las mercancías han sido presentadas a la aduana, y se presentan para su ingreso a zona primaria y posterior Autorización de Salida.

DONACIONES INTERNACIONALES
Son las donaciones hechas o recibidas desde exterior, sin considerar cual sea su naturaleza o carácter. Con respecto a su naturaleza, podemos distinguir las donaciones de caridad, las remesas de emigrantes, la ayuda internacional y las reparaciones.

EFECTOS PERSONALES
Dentro de este término quedan comprendidas las siguientes mercancías:
• Los artículos de viaje, prendas de vestir, artículos eléctricos de tocador y artículos de uso personal o de adorno, gastados o usados y que sean apropiados al uso y necesidades ordinarias de la persona que los importe o exporte y no para su venta.

Quedan expresamente excluidos de la enumeración anterior, el mobiliario de casa de todo orden, servicio de mesa, mantelería, lencería, cuadros, instrumentos musicales, aparatos o piezas de radiotelegrafía o telefonía, instrumentos o aparatos para reproducir la voz, la música y la visión, las instalaciones de oficinas, repuestos y artefactos eléctricos y, en general, todo aquello que pueda reputarse como mercancía susceptible de vender, como las piezas enteras de cualquier tejido u otros artículos.
• Los objetos de uso exclusivo para el ejercicio de profesiones u oficios, usados.
• Hasta una cantidad que no exceda, por persona adulta, de 400 unidades de cigarrillos, 500 gramos de tabaco de pipa; 50 unidades de puros y 2.500 centímetros cúbicos de bebidas alcohólicas.

EQUIPAJE DE VIAJERO
Dentro de este término quedan comprendidas las siguientes mercancías:
• Cámara de video, usada y videos grabados de uso familiar; teléfono móvil, tipo celular, usado; cámara fotográfica, usada; artículos deportivos de uso personal, usados; medicamentos, en cantidades apropiadas a las necesidades y tiempo de permanencia en el país del viajero, de libre expendio o con su respectiva receta médica; reproductor de CD portátil, usado; personal estéreo, usado; prismáticos, usados; obsequios, nuevos o usados, hasta un monto de US$ 150,00 o su equivalente en otras monedas, por cada viajero mayor de 15 años; todos aquellos artículos de uso personal, usados, apropiados al viaje. Libros, diarios, revistas e impresos en general, nuevos o usados.

• Los objetos descritos, incluidos en el concepto de equipaje, se beneficiarán de esta franquicia exclusivamente, cuando sean portados por residentes y no residentes, que tengan la calidad de pasajeros, con exclusión de aquellas mercancías que por su cantidad o valores hagan presumir su comercialización.

• Los objetos de uso exclusivo para el uso de profesiones u oficios, usados. Lo anterior, con la limitación de que corresponda a objetos portátiles que normalmente son llevados de un lugar a otro por profesionales y artesanos, y no a máquinas, aparatos u otros objetos que requieran alguna instalación para su uso.

• Hasta una cantidad que no exceda, por persona adulta, de 400 unidades de cigarrillos, 500 gramos de tabaco de pipa; 50 unidades de puros y 2.500 centímetros cúbicos de bebidas alcohólicas.

ESPECIE O CALIDAD ARANCELARIA
La Especie o Calidad Arancelaria es la denominación o caracterización que la nomenclatura atribuye a una determinada mercancía.

EXPORTACION
Envío legal de mercancías nacionales o nacionalizadas para su uso o consumo en el exterior.

EXPORTADOR
Cualquier persona que exporte mercancías y que cumpla con las exigencias del Compendio de Normas de Exportación del Banco Central de Chile y con las demás disposiciones legales, reglamentarias y administrativas vigentes.

EXTRATERRITORIALIDAD ADUANERA
La extraterritorialidad Aduanera es una ficción legal según la cual las mercancías extranjeras se consideran como si estuvieran fuera del territorio nacional donde se encuentran para ser sometidas a tratamientos o procesos especiales.

FECHA DE EMBARQUE
La fecha de embarque, es aquella que corresponda a la 'fecha del documento de transporte' indicada en el Documento Único de Salida.

FONDO MONETARIO INTERNACIONAL
Organismo Internacional dedicado a promover las relaciones del intercambio externo incluye en sus finalidades la concesión de créditos para saldar déficit de la balanza de pagos, indicando que estos déficit deben ser transitorio, por que el crédito no es un procedimiento adecuado para corregir desequilibrios tendenciales.

HABILITACION DIRECTA
Autorización del Director Nacional de Aduanas para entregar la explotación de un almacén extraportuario, a la persona natural o jurídica que cumpla los requisitos exigidos.

IMPORTACION
La introducción legal de mercancías extranjeras para su uso o consumo en el país.

IMPORTADOR
Cualquier persona que importe mercancías y que cumpla con las Normas de Importación del Banco Central de Chile y con las demás disposiciones legales, reglamentarias y administrativas vigentes.

IMPORTACION REGIMEN GENERAL
La importación bajo régimen general, es aquella en que las mercancías extranjeras ingresan al país pagando la totalidad de los derechos e impuestos tasas y demás gravámenes que les afecten.

IMPUESTOS ESPECIALES
Son impuestos especiales a los que están sujetas algunas mercancías en su importación o primera venta.

INFORME DE VARIACION DEL VALOR
Es el documento emitido por la Aduana que indica el resultado final y valor de las mercancías que se exportan bajo modalidad de venta distintas de 'a firme' y que es utilizado por el Banco Central para verificar información a que se refiere la exportación.

IVA
Impuesto al Valor Agregado. Tributo que, en la importación de mercancías se fija, calcula y percibe en porcentaje sobre el valor aduanero de ellas más los derechos de Aduana.

KILO BRUTO
Kilo bruto, es el peso de las mercancías con todos sus envases y embalajes interiores y exteriores, siempre que estos sean los con que habitualmente se presentan. Las mercancías que se transportan a granel o sin envases o embalajes, el peso bruto es el que tienen en las condiciones en que se presenten.

KILO LEGAL
Kilo legal es el peso de las mercancías con todos sus envases interiores, incluyendo ataduras, cajas, envolturas, etc. con que están acondicionados dentro del embalaje exterior.

KILO NETO
Kilo neto es el peso de las mercancías desprovistas de todos sus envases y embalajes.

LEGALIZACIÓN
Acto por el cual el Administrador o los funcionarios en quienes éste delegue esta facultad constatan que el respectivo documento ha cumplido todos los trámites legales y reglamentarios, otorgándole su aprobación y verificando además, la conformidad de la garantía rendida, en aquellas declaraciones en que sea exigible.

LEGISLACIÓN ADUANERA
Conjunto de disposiciones legales y reglamentarias concernientes a la importación y demás destinaciones aduaneras de mercancías que la Aduana está expresamente encargada de aplicar, y las reglamentaciones eventuales dictadas por la Aduana en virtud de atribuciones que le han sido otorgadas por ley.

LEVANTE
Acto por el cual la Aduana permite a los interesados disponer de las mercaderías que son objeto de su desaduanamiento.

LIQUIDACIÓN
Operación mediante la cual, en base al aforo, se practican los cálculos aritméticos a fin de determinar el monto de los derechos, impuestos, tasas y gravámenes que afectan a una mercancía y que corresponde aplicar al Servicio.

LISTA DE PASAJEROS Y TRIPULANTES
Nómina que contiene la individualización de los pasajeros y tripulantes que y transporta un vehículo al ingreso o salida del territorio nacional.

LIBRO CIRCUNSTANCIADO
Libro en el que se registran en forma correlativa todas las destinaciones aduaneras, las de ingreso, las de salida y las demás. La enumeración comenzara con el número 1 para cada agente o sociedad de agentes.

LICITACION
Explotación de depósitos extraportuarios aduaneros en inmuebles de propiedad fiscal, se otorga por concesión por licitación pública, cumpliendo los mismos requisitos de la habilitación directa. La Aduana convoca a licitación.

LIQUIDACION DE RETORNO
Es la venta, pagadera en pesos, a una entidad del Mercado Cambiario Formal, del todo o parte de las divisas que un exportador haya obtenido por su operación de exportación.

MANDATO ADUANERO
Acto por el cual el dueño, consignante o consignatario encomienda el despacho de sus mercancías a un Agente de Aduana que acepta el encargo, que se rige por las prescripciones de la Ordenanza de Aduanas y sus leyes complementarias y, supletoriamente, por las normas del Código Civil.

MANIFIESTO DE CARGA
Documento que contiene la relación completa de los bultos de cualquier clase a bordo del vehículo con exclusión de los efectos postales y de los efectos de tripulantes y pasajeros, suscrito por el conductor.

MANIFIESTO COURIER
Documento que debe contener la individualización de cada una de las Guías Courier que transporta un vehículo o un mensajero internacional, sea por vía aérea o terrestre, mediante el cual las mercancías se presentan y entregan a la Aduana a fin de acceder al tratamiento Courier.

Dicho documento podrá ser presentado en forma manual o vía electrónica, pudiendo aceptarse su presentación por parte de las Aduanas en forma anticipada, esto es, antes que el respectivo vehículo o mensajero arribe al país y, ser suscrito por el representante autorizado de la respectiva empresa.

MENSAJERO INTERNACIONAL (MENSAJERO COURIER)
Persona natural que actúa como portador de mercancías por cuenta de una Empresa de Correo Rápido o Courier.

MERCANCÍA
Todos los bienes corporales muebles sin excepción alguna.

MERCANCÍA COURIER
Se entenderá que son susceptibles de importarse o exportarse a través de las Empresas de Correo Rápido o Courier los Documentos y Envíos o Encomiendas.

Los Documentos a ser transportados por estas empresas consistirán en cualquier mensaje, información o datos enviados a través de papeles, cartas, fotografías o a través de medios magnéticos o electromagnéticos de índole bancaria, comercial, judicial, de seguros, de prensa, catálogos entre otros, excepto software.
Las Mercancías (Envíos o Encomiendas) consistirán en aquellas que requieran de un despacho expreso. A vía de ejemplo: medicamentos que correspondan a prescripciones médicas, prótesis, muestras de todo tipo, semillas, perfumes, cosméticos y partes, piezas y elementos de reposición de maquinaria industrial, agrícola o de transporte.
Todas aquellas mercancías que no se enmarquen dentro del concepto anterior, deberán someterse al tratamiento normal.

MERCANCÍAS DECOMISADAS
Aquellas a las cuales se les ha aplicado la pena de comiso establecida en el artículo 184º de la Ordenanza de Aduanas, las que han adquirido esta condición por aplicación de lo dispuesto en el artículo 189º y siguientes de la misma Ordenanza, como asimismo, aquellas que en virtud de otras normas legales incurren en comiso.

MERCANCÍAS EXPRESAMENTE ABANDONADAS
Aquellas, que por declaración expresa del consignatario o dueño, son a beneficio fiscal.

MERCANCÍAS EXTRANJERAS
La que proviene del extranjero y cuya importación no se ha consumado legalmente, aunque sea de producción o manufactura nacional; o que habiéndose importado bajo condición, ésta deje de cumplirse.

MERCANCÍA NACIONAL
Es la producida o manufacturada en el país con materias primas nacionales o nacionalizadas.

MERCANCÍA NACIONALIZADA
Es la mercancía extranjera cuya importación se ha consumado legalmente, esto es cuando terminada la tramitación fiscal, queda a la libre disposición de los interesados.

MERCANCIAS IDENTICAS
'Mercancías idénticas' designa mercancías que son iguales en todos los conceptos, incluidas las características físicas, la calidad y el prestigio comercial. Las pequeñas diferencias de aspecto no impiden que se consideren como idénticas las mercancías que, en todo lo demás, se ajustan a la definición.

MERCANCIAS PRESUNTAMENTE ABANDONADAS
Mercancías presuntamente abandonadas Son todas aquellas mercancías que se les haya vencido el plazo de depósito (90 días) en recintos fiscales.

MERCANCIAS SIMILARES
'Mercancías similares' designa mercancías que, aunque no sean iguales en todos los conceptos, presentan características y composición semejantes, lo que les permite cumplir las mismas funciones y ser comercialmente intercambiables.

MUTATIS MUTANDIS
Mutatis Mutandis, es una locución latina que significa 'cambiando lo que se debe cambiar'

NOMENCLATURA
Es la estructura del Arancel, es la forma en que se encuentran ordenadas las mercancías. Este ordenamiento sistemático obedece a determinados principios, como sistemas alfabéticos, estructuras basadas en el origen de las mercancías, su naturaleza, grado de elaboración, industria o actividad a que pertenecen, destino, etc.

ORDENANZA
Son normas generales emanadas de la autoridad tratan sobre materia de organización y funcionamiento. Ejemplo: la Ordenanza de Aduanas.

PAÍS DE ORIGEN
País en el cual las mercancías han sido extraídas, cosechadas, criadas, fabricadas o armadas total o parcialmente a partir de productos originarios del mismo, y/o de un porcentaje o el total de insumos importados a él, bajo las condiciones que en cada oportunidad convengan los Estados contratantes de un Acuerdo Internacional.

PAGO ELECTRONICO
Es el pago por el cual el Despachador o importador ingresa a la pagina web del Servicio de Tesorerías, consulta los documentos de pago emitidos por Aduanas, selecciona los documentos que pagara por vía electrónica y señala el banco y cuenta corriente a la cual debe imputarse dicho pago.

PAGO TRADICIONAL
Es la forma tradicional., en la que el importador o Despachador acude a un banco o institución financiera con el documento de pago emitido por aduanas y cancela dicho documento por ventanilla.

POTESTAD ADUANERA
Conjunto de atribuciones que tiene el Servicio para controlar el ingreso y salida de mercancías hacia y desde el territorio nacional y para hacer cumplir las disposiciones legales y reglamentarias que regulan las actuaciones aduaneras. Quedan también sujetas a la potestad aduanera las personas que pasen o hagan pasar mercancías por los límites del territorio nacional.

PARIDAD O EQUIVALENCIA
La Paridad o Equivalencia es la relación que existe entre el contenido de oro fino de dos unidades monetarias.

PARTIDA O POSICION ARANCELARIA
Es la división sistemática de la nomenclatura que se utiliza para ubicar las mercancías y que en el S.A. se refiere a los 4 primeros dígitos separados de dos en dos.

PARTIDAS RESIDUALES O BUZONES
Son aquellas partidas que se refieren a mercancías que no se encuentran en ninguna otra partida de la nomenclatura.

PASAVANTE
Documento Aduanero mediante el cual se autoriza la Admisión Temporal al resto del país de vehículos particulares que deseen salir de las Zonas de Tratamiento Aduanero especial.

PRECIO DE TRANSACCION
Es el precio realmente pagado o por pagar por mercancías, cuando se venden en condiciones mercado libre para su ingreso al país.

PRINCIPIO DE BUENA FE
Principio aplicado por la Aduana que guía la función aduanera y se expresa en tener como verdadera la declaración que efectúen los sujetos obligados ante la Aduana.

PROCEDENCIA
La Procedencia es el país desde donde una mercancía ha sido expedida en último término.

RANCHO
Los combustibles, lubricantes, aparejos y demás mercancías, incluyendo las provisiones destinadas al consumo de pasajeros y tripulantes que requieren las naves o aeronaves destinadas al transporte internacional y en estado de viajar para su propio mantenimiento, conservación y perfeccionamiento.

Estas mercancías por su naturaleza deberán estar destinadas a ser consumidas o incorporadas a una nave o aeronave determinada en el sentido que su uso implique un agotamiento de su utilidad y la consecuente necesidad de reposición.

RECINTO DE DEPOSITO ADUANERO
Lugar habilitado por la ley o por el Servicio Nacional de Aduanas donde se depositan las mercancías bajo su potestad.


Se excluyen de esta definición los recintos habilitados como Almacén Particular.

RECONOCIMIENTO
Operación por medio de la cual el despachador con mandato para despachar o el interesado, revisa o inspecciona las mercancías en los recintos de depósito aduanero antes de someterlas a una destinación aduanera.

RECONOCIMIENTO, REEMBALAJE O DIVISION
Es la posibilidad que tiene el dueño de mercancías o Despachador revisar o inventariar mercancías o proceder a su Reembalaje, readecuación o división en distintos bultos dejándolas embaladas o colocadas en forma distinta, en menos o mas bultos que los primitivos.

REDESTINACIÓN
Envío de mercancías extranjeras desde una Aduana a otra del país, para los fines de su importación inmediata o para la continuación de su almacenamiento.

REEMBALAJE
Operación consistente en la modificación del acondicionamiento interno y/o externo de las mercancías a fin de subsanar desperfectos de sus envases, facilitar su transporte y almacenamiento.
REEXPEDICION
Envío de mercancías extranjeras desde una Zona Franca a otra, al extranjero, a Depósito Franco Aeronáutico o a una Zona Primaria con el objeto de trasladarlas a un Almacén Particular de Exportación.

REEXPORTACIÓN
Retorno al extranjero de mercancías ingresadas legalmente al territorio nacional sin que se haya consumado legalmente su importación.

REGLAS DE ORIGEN
Disposiciones específicas aplicadas por un país para determinar el origen de las mercaderías, recurriendo a los principios establecidos por la legislación nacional o por acuerdos internacionales (criterios de origen).

REGIMENES DE DEVOLUCION DE DERECHOS
Draw back de los derechos de importación sobre insumos extranjeros incorporados al producto nacional exportado .Devolución de derechos pagados por mercancías que sean sometidas en el país a procesos menores, tales como ensamblado, acondicionamiento, embalaje, terminación, planchado, etiquetado y luego sean enviadas al exterior .

REGIMENES DE PAGO DIFERIDO
Son aquellos benefician a la importación de bienes de capital; los derechos no se pagan en el momento de la importación, sino que posteriormente en cuotas hasta a 7 años.

REINGRESO
Retorno al territorio nacional de mercancías nacionales o nacionalizadas.

RETIRO
Acto por el cual la Aduana permite a los interesados disponer de las mercaderías que son objeto de su desaduanamiento.

REGISTRO SUBASTA FACTURA
Es un documento provisto por el Servicio de Aduanas por el cual se formaliza el remate de una mercancía, que indica la situación jurídica y todos los antecedentes de consignatario, la descripción de la mercancía, el adjudicatario, el valor de adjudicación, el IVA., lote, fecha, derechos arancelarios en dólares, ubicación de la mercancía, valor aduanero, mínimo de subasta.

RETORNO
Es el acto en virtud del cual el exportador hace llegar a país e ingresa al mismo, las divisas correspondientes al todo o parte del valor obtenido por las operaciones de exportación que haya realizado.

SISTEMA ARMONIZADO
Sistema Armonizado Designación y Codificación de Mercancías o S.A.D.C.M. es una nomenclatura originada en el Consejo de Cooperación Aduanera de Bruselas, actualmente, Organización Mundial de Aduanas O.M.A.

S.G.P.
Sistema Generalizado de Preferencias o S.G.P. Beneficio tributario otorgado en forma unilateral por los países desarrollados, a los países en desarrollo.

SALIDA TEMPORAL
Salida al extranjero de mercancías nacionales o nacionalizadas con un fin determinado y para ser exportadas o reimportadas dentro de un plazo establecido

SOLICITUD DE INGRESO A ZONA FRANCA
Documento Aduanero por medio del cual las mercancías son trasladadas desde la Zona Primaria Aduanera a Zona Franca. Se le conoce como (ZETA).

SOLICITUD DECLARACION DE ABANDONO
Solicitud declaración de abandono beneficio fiscal es un documento provisto por el Servicio de Aduanas por medio del cual el dueño o consignatario de las mercancías indica su intención de abandonarlas a beneficio fiscal.

SUBPARTIDA O SUBPOSICION
Es la división sistemática de la nomenclatura que se utiliza para ubicar las mercancías, dentro de una partida o posición y que en el S.A.

TASA IMPOSITIVA
La Tasa Impositiva, es el porcentaje que se aplica como tributo sobre la base imponible, para determinar el impuesto a que estarán afectas las mercancías.


TASA VERIFICACION AL VALOR
Tasa Verificación al valor se determina como sigue: la Base Imponible es el valor aduanero al que se aplica una tasa impositiva de 5 por mil.

TIPO DE CAMBIO
El tipo de cambio es la relación existente entre dos unidades monetarias. El tipo de cambio es el precio de una moneda expresado en otra y se expresa como el número de unidades de la moneda nacional por unidad de la moneda extranjera.

TRANSBORDO
Traslado directo o indirecto de mercancías, de un vehículo a otro, o al mismo en diverso viaje, incluso su descarga a tierra con el mismo fin de continuar a su destino, y aunque transcurra cierto plazo entre su llegada y su salida.

TRASBORDO DIRECTO
El trasbordo es directo cuando las mercancías se trasladan de un vehículo a otro de la misma naturaleza. Para estos efectos, tanto el transporte por ferrocarril como el rodoviario se consideran como de la misma naturaleza.

TRASBORDO INDIRECTO
Trasbordo indirecto es cuando las mercancías se trasladan de un vehículo a otro de distinta naturaleza, como será el caso de nave a camión o ferrocarril.

TRANSITO
Paso de mercancías extranjeras a través del país cuando éste forma parte de un trayecto total comenzado en el extranjero y que debe ser terminado fuera de sus fronteras.

Igualmente se considerará como tránsito el envío de mercancías extranjeras al exterior que se hubieren descargado por error u otras causas calificadas en las zonas primarias o lugares habilitados, con la condición de que no hayan salido de dichos recintos y que su llegada al país y su posterior envío al exterior se efectúe por vía marítima o aérea.

TRANSPORTE INTERNACIONAL
El tráfico de naves o aeronaves, nacionales o extranjeras, de carga o pasajeros hacia o desde el exterior, autorizadas por la Dirección de Aeronáutica Civil o por la Dirección General del Territorio Marítimo y Marina Mercante según corresponda. También se considerará “Transporte Internacional”, para estos efectos los siguientes tráficos:

a) El de tránsito que realicen las naves o aeronaves de carga o de pasajeros y las plataformas petroleras, de perforación o de explotación, flotantes o sumergibles incluido el remolcador que las arrastrare, cuando no posean un sistema de autopropulsión, siempre que en uno y otro caso sean extranjeras.

b) El que realicen naves o aeronaves extranjeras que no efectúen transporte de pasajeros o de carga, que hayan convenido con instituciones nacionales la realización de actividades de desarrollo que sean de interés para el país, calificadas por el Ministerio de Hacienda.

TRANSPORTE INTERNO
Transporte de personas embarcadas o de mercancías cargadas en un lugar situado dentro del territorio nacional para ser desembarcadas o descargadas en un lugar situado dentro del mismo territorio nacional.

TRANSPORTISTA
Persona que transporta efectivamente las mercaderías o que tiene el mando o la responsabilidad del medio de transporte.

TRATADOS INTERNACIONALES
Los tratados internacionales constituyen acuerdos formales escritos o exigencias contractuales entre Estados soberanos que establecen o modifican imposiciones y derechos recíprocos, regidos por el derecho internacional.

UNION ADUANERA
Dos o más países forman una unión aduanera cuando eliminan todos los gravámenes de importación a todos los bienes (excepto los servicios de capital) de su comercio mutuo, adoptan un esquema de arancel externo común a todas las importaciones de bienes (excepto los servicios de capital) provenientes del resto del mundo.

UNION ECONOMICA
Dos o más países forman una unión económica cuando crean un mercado común y, adicionalmente, proceden a unificar sus políticas fiscales, monetarias y socio-económicas. Una unión económica es la forma más completa de integración económica.

UNIVERSO ARANCELARIO
Se refiere a que el arancel incluye todas las mercancías susceptibles del comercio internacional, incluso aquellas que aun no han sido creadas al momento de la elaboración de la nomenclatura

USUARIO
Es la persona natural o jurídica, chilena o extranjera contribuyente, que ha convenido con la Sociedad Administradora de la Zona Franca el derecho de desarrollar actividades en la Zona Franca.

VALOR ADUANERO
En las ventas en que no se dan condiciones de independencia, es el precio que se considera podrían alcanzar las mercancías en el momento en que los derechos de Aduana son exigibles y en una compraventa efectuada en condiciones de mercado libre entre un comprador y un vendedor independiente entre sí. En las ventas que se realizan en condiciones de mercado libre se determina a partir del precio de transacción, esto es, el precio realmente pagado o por pagar por las mercancías cuando éstas se venden para su ingreso al país.

Valor EX FÁBRICA
Cláusula de compra y venta en la que el vendedor fija el precio de su mercancía en la fábrica.

VALOR LÍQUIDO DE RETORNO.
Es el valor según cláusula de compra y venta deducidos los gastos y comisiones pagada en el exterior y aceptada como tales por el Banco Central de Chile.

VALOR CIF
Cláusula de compraventa que incluye el valor de las mercancías en el país de origen, el flete y seguro hasta el punto de destino.

VALOR FOB
Cláusula de compraventa que considera el valor de la mercancía puesta a bordo del vehículo en el país de procedencia, excluyendo seguro y flete.

VALORACION
La valoración son sistemas para determinar el precio normal de las mercancías.

VEHICULO
Cualquier medio de transporte de carga o de personas.

VEHICULO CASA RODANTE
Vehículo automotriz que ha sido originalmente construido para ser usado como tal, al estar dotado de elementos tales como: cama, baño, cocina y otros propios de una casa habitación. Este vehículo está construido originalmente, de tal forma que su caja de carga (casa-habitación) constituye un solo cuerpo con el sector del conductor.

VEHICULO HORMIGONERO
Vehículo automotriz especialmente construido, que en el lugar de la plataforma lleva montado en forma permanente una hormigonera con sus dispositivos de accionamiento.

VEHICULO PARA EL TRANSPORTE FUERA DE CARRETERA
Vehículo automotriz originalmente construido para faenas fuera de carretera, aun cuando puedan transitar por ésta. Tales como: vehículos para el transporte en la nieve, vehículos denominados dineros, coches anfibios, auto-oruga, etc.


VEHICULO PROCEDENTE DEL EXTRANJERO
Cualquier vehículo proveniente del exterior, como asimismo, el que provenga de una zona del territorio nacional afecta a tratamiento tributario preferencial.

VEHÍCULO TIPO JEEP
Se entenderá por vehículo tipo Jeep y similar al vehículo que cumpla con las siguientes condiciones:

a) Tracción cuatro ruedas, caja de cambios manual o automática y caja de transferencia.
b) De uso mixto, para pasajeros y carga ocasional, con un máximo de seis asientos, incluido el del conductor.
c) La carrocería debe formar un solo cuerpo entre la cabina del conductor y la caja de carga, la cual debe estar montada sobre chassis (bastidor); y contar con dos puertas laterales y una trasera completa.
d) Altura mínima desde el suelo a la parte baja del diferencial, 19 cms.
e) Estar equipado con dos de los siguientes elementos:
1. Barra de tiro o ganchos, argollas o bolas para remolque, ya sean delanteras o traseras.2. Toma de fuerza o eje estriado delantero o trasero.
3. Carrete para cable o cabrestante, ya sea eléctrico o accionado por motor, con una capacidad de arrastre mínima equivalente al Peso Bruto Vehicular (P.B.V.), incrementado en un 25%.

VENTA A FIRME
Modalidades de Venta a firme es aquella en la cual el precio de la mercancía no admite modificaciones.

VENTA BAJO CONDICION
Modalidades de Venta bajo condición es aquella en la cual el precio definitivo de la mercancía queda sujeto al cumplimiento de ciertas condiciones que se convengan entre el exportador y el importador extranjero.

VENTA EN CONSIGNACION CON MINIMO A FIRME
Es aquella en la cual el precio tiene convenido un mínimo garantizado por el importador extranjero o consignatario quedando el saldo del mismo sujeto a aquel que se obtenga en definitiva por la comercialización de la mercancía.

ZONA FRANCA
Área o porción unitaria de territorio perfectamente deslindado y próximo a un puerto o aeropuerto amparado por presunción de extraterritorialidad aduanera.

ZONA FRANCA DE EXTENSION
Ciudad o región situada adyacente a la Zona Franca delimitada por el Presidente de la República en uso de sus facultades.

ZONA PRIMARIA
Espacio de mar o tierra en el cual se efectúan las operaciones materiales, marítimas o terrestres de la movilización de las mercancías; para los efectos de su jurisdicción es recinto aduanero y en él han de cargarse, descargarse o recibirse las mercancías, para constituir, con los demás requisitos y formalidades establecidas, un acto legal de importación, exportación, tránsito, transbordo, cabotaje o cualquier otra operación aduanera.

ZONA SECUNDARIA
Parte del territorio nacional, fijada por el Director, que le corresponde a cada Aduana para los efectos de ejercer su competencia.

NEGOCIAR CON LOS AUSTRALIANOS



AUSTRALIA

En el saludo, lo normal es un apretón de manos acompañado de un informal Good day (Buen día, pronunciado guday). Las mujeres también se suelen dar la mano entre ellas. El beso en la mejilla solo se utiliza entre amigos.

Inicialmente se usan los apellidos, pero rápidamente se pasa a llamar a las personas por el nombre propio. Se recomienda esperar a que ellos lo hagan antes de hacer lo mismo.

Australia es un país muy poco clasista. No se debe hacer alarde de títulos académicos, cargos profesionales o posesiones materiales.

Conviene familiarizarse con algunas expresiones que no se utilizan en otros países de habla inglesa. Por ejemplo: Gudonya (Good on you, que significa bien hecho, el equivalente de well done), no worries (sin problema) o True blue (lo auténtico, The real thing).

En la conversación no conviene tratar el tema de los aborígenes (población indígena local que representa un 1% del total), ni comparar el estilo de vida australiano con el del Reino Unido o los Estados Unidos.

El tema de conversación y pasatiempo favorito son los deportes. También les gusta mucho que los visitantes extranjeros les hablen y pregunten sobre las bellezas naturales del país. Referencias al paisaje del desierto o a la barrera de coral serán muy bien acogidas.

La actividad social por excelencia es acudir a los pubs y bares. La costumbre es que cada persona debe pagar una ronda. No está mal visto que el visitante extranjero pague cuando sea su turno. Durante los actos sociales no se suele hablar de negocios a menos que el interlocutor inicie el tema.

A los australianos les gusta disfrutar de su vida familiar y social. No debe esperarse que trabajen después de la 17:00 horas, ni en fines de semana. Las vacaciones de verano tienen lugar del quince de diciembre a finales de enero.

CONSEJOS PRÁCTICOS

Acuda al mercado con productos de gama alta.
Australia es un mercado exigente que valora la calidad.

Mantenga el contacto con su importador.

Los australianos valoran en gran medida que se visite el país con frecuencia y que se acuda a las principales ferias sectoriales que se celebran en el resto del mundo.

No se olvide de crear vínculos con los prescriptores de opinión.
Los medios locales influyen en gran medida en la opinión del consumidor australiano.

Analice a fondo su sector.
En el caso de empresas que desean invertir, este paso es imprescindible. Mantenga reuniones con los principales operadores nacionales con el objetivo de formar alianzas estratégicas.

Infórmese antes de enviar nada.
Recuerde que cumplir los requisitos de entrada, especialmente los fitosanitarios, es básico para acceder al mercado.

fuente icex

NEGOCIANDO CON LOS ARGENTINOS




NEGOCIAR EN ARGENTINA

1. El apretón de manos es la forma de saludo habitual; debe saludarse a cada persona presente y no al grupo entero.

2. En los tratamientos (de usted, de tú o de vos) prima la edad y el rango profesional. Para las personas de mayor rango y edad se utilizan los tratamientos de Señor y Señora. Los ejecutivos jóvenes enseguida se llaman por el nombre propio.

3. Los títulos profesionales (Doctor, Licenciado, Ingeniero) se utilizan menos que en otros países de Iberoamérica. En cualquier caso, se hace de forma rigurosa. Por ejemplo, a un ingeniero se le llama ingeniero y no doctor tal y como se generalizan los títulos universitarios en otros países iberoamericanos. Doctor sólo se utiliza para los médicos y para los abogados.

4. El lenguaje de los ejecutivos argentinos es sofisticado. La elocuencia es una característica muy apreciada. Hay que estar preparado para participar en discusiones intelectuales. En este aspecto, el país recuerda a Francia.

5. Es mejor no expresar opiniones políticas; en concreto, deben evitarse referencias a la época de la dictadura militar o a los frecuentes escándalos de corrupción. Tampoco les gusta que se les compare con otros países de la zona, especialmente, con Brasil.

6. Temas de conversación propicios son el fútbol, la música (hay mucha afición a la ópera), la historia y la literatura -el siglo XX dio grandes escritores como Borges, Cortázar o Sábato-.

7. Los vegetarianos lo tienen difícil. Hay que estar dispuesto a probar y alabar todo tipo de carnes, especialmente, cuando se es invitado a un asado (barbacoas que se suelen realizar al aire libre).
8. No se debe discutir de negocios durante las comidas, ya que se consideran actos sociales.

9. Cuando se recibe un regalo, debe abrirse en presencia de quien lo entrega y expresar agradecimiento.

10. Argentina es uno de los países del área donde la forma de vestir es más importante para causar buena impresión. Trajes, camisas, zapatos, corbatas, carteras, etc., serán observadas con detalle e, incluso, objeto de comentarios. Deben ser objetos de buena calidad, diseños modernos y marcas reconocidas.

CONSEJOS PRÁCTICOS

Prepare el viaje de prospección. Ya sea en viaje individual o dentro de una misión comercial, el viaje debe prepararse minuciosamente, para lo que será necesario hacerse con toda la información acerca de aranceles, posibles barreras no arancelarias, importadores, competencia local, etc. Deberá prefijarse también una agenda de trabajo.

Conozca bien los apoyos a su disposición. Asesórese en la Dirección Territorial de Comercio más cercana al lugar de residencia de su empresa, o directamente en , en Madrid, sobre todas las herramientas de apoyo a su disposición; algo que es aún más importante, si cabe, si los planes no son sólo de abrir mercado para un producto sino de instalarse en el país.

Participe en ferias locales. Existen ferias sectoriales francamente interesantes, con prestigio al menos regional, que le permitirán conocer la oferta regional de productos de la competencia y contactar con compradores no sólo nacionales, sino de todo el subcontinente americano.

Infórmese de la situación del tipo de cambio. Especialmente si lo que pretende es exportar bienes de consumo. Los cargos en aduanas de arancel, estadística, IVA y adelanto del Impuesto a las Ganancias encarecen aún más el producto.

Conozca las normas técnicas. Es importante conocer las normas argentinas en materia de normalización y homologación, que no siempre coinciden con las de la UE, ni éstas son siempre automáticamente reconocidas en Argentina. Especial atención ha de tenerse en materia de normas fitosanitarias, de seguridad y de embalaje y etiquetado.

Asegúrese el cobro. Hágalo siempre mediante operaciones con carta de crédito irrevocable, o instrumentos de similar seguridad, como pueden ser las letras avaladas por banco chileno.

Busque representante o distribuidor. Aunque no es imprescindible, ni legalmente exigido, el contar con un buen representante, agente o distribuidor resultará de una ayuda fundamental para mantenerse en el mercado. Le será muy útil no sólo para el Gran Buenos Aires, sino para el resto del país. Resulta extremadamente conveniente, para su selección definitiva, conocer su seriedad y solvencia, para lo que será obligado acudir a empresas especializadas en la elaboración de este tipo de informes.

Sea puntual. No causa ninguna buena impresión -y a veces puede significar perder definitivamente el contacto- la impuntualidad al presentarse a las entrevistas previamente establecidas, si bien tampoco debe esperarse una excesiva puntualidad de la contraparte. En definitiva, sea puntual y paciente a la vez.

Hable con las empresas chilenas. En Argentina, la cantidad de empresas chilenas establecidas es importantísima y son la mejor fuente de información para todo el que quiera hacer negocios en este mercado, pero especialmente si su intención es la de instalarse en el país. Es aconsejable, pues, acercarse a estas empresas.

Considere a la totalidad del país y el Mercosur. Aunque un tercio de la población argentina se concentra en el Gran Buenos Aires, el país es mucho más que eso.
Provincias como Córdoba, Santa Fe y Mendoza, entre otras, tienen mucha importancia, especialmente para productos y proyectos de sectores específicos, como pueden ser los de metalurgia, componentes de automóvil y agroalimentario, entre otros. El sector turístico es un buen ejemplo, en un país donde los destinos turísticos, y por lo tanto los proyectos en el sector, están muy diseminados en toda la gran geografía argentina. Tenga en cuenta que, aunque imperfecta, existe un Área de Libre Comercio con Brasil, Paraguay y Uruguay, que abre enormes posibilidades, especialmente quienes puedan estar interesados en invertir en el país

miércoles, 9 de septiembre de 2009

SECCION III CAPITULO 15 GRASAS Y ACEITES ANIMALES O VEGETALES



El presente capítulo comprende las grasas y aceites de origen animal o vegetal, ya sea que se encuentren en bruto, purificadas, refinadas o tratadas de algún modo ( por ejemplo, cocidas, sulfuradas o hidrogenadas); algunos productos derivados de las grasas o de los aceites y principalmente los que proceden de su desdoblamiento, tales como los ácidos grasos, la glicerina o los alcoholes grasos; las grasas y aceites alimenticios elaborados, tales como la margarina; las ceras de origen animal o vegetal y los residuos del tratamiento de las materias grasas o de las ceras animales o vegetales.

Debemos sin embargo exceptuar (no se incluyen) del presente capítulo lo siguiente:
• El tocino y la grasa de cerdo o de ave de la partida 02.09.

• La manteca, la grasa y el aceite de cacao de la partida 18.04.

• Las preparaciones alimenticias con un contenido de productos de la partida 04.05 superior al 15%, en peso que se clasifican en el capítulo 21 generalmente.
• Los chicharrones de la partida 23.01 y los residuos de las partidas 23.04 a 23.06.

• Los ácidos grasos aislados, las ceras preparadas, las grasas transformadas en productos farmacéuticos, en pinturas, en barnices, en jabones, en preparaciones de perfumería, de tocador o de cosmética, los aceites sulfonados y demás productos de la sección VI.

• El caucho facticio derivado de los aceites de la partida 40.02.

Notas:
El aceite de espermaceti y el aceite de joroba están constituidos por ésteres de alcoholes grasos superiores, sin embargo las grasas y aceites animales o vegetales son ésteres de la glicerina y de los ácidos grasos; ácidos palmíticos, esteáricos y oleico principalmente.

Las grasas pueden ser fluidas o concretas; todas son más ligeras que el agua. Expuestas al aire durante un tiempo más o menos largo, experimentan un fenómeno de hidrólisis y de oxidación que provoca enranciamiento. Calentadas se descomponen y desprenden un olor acre irritante. Son todas insolubles en agua, pero completamente solubles en éter sulfúrico, sulfuro de carbono, tetracloruro de carbono, gasolina, etc. El aceite de ricino es soluble en alcohol pero los demás aceites y grasas animales o vegetales son muy poco solubles en alcohol. Las materias grasas dejan una mancha indeleble en el papel.

Los triglicéridos poseen la propiedad de saponificarse, es decir, descomponerse en alcohol (gliserol) y ácidos grasos por la acción de vapor de agua recalentado, de ácidos diluidos, de enzimas o catalizadores, o bien en alcohol (gliserol) y sales alcalinas de los ácidos grasos, llamados jabones por la solución de las sales alcalinas.

Se debe establecer que las partidas 15.04 y 15.06 a 15.15 que corresponden al presente capítulo, comprenden también las fracciones de grasas y aceites mencionadas en estas partidas, siempre que no estén comprendidas más específicamente en otra parte de la Nomenclatura ( el espermaceti de la partida 15.21, por ejemplo). Los principales procedimientos de fraccionamiento utilizados son los siguientes:

1. Fraccionamiento en seco, que comprende el prensado, la decantación, la filtración y enfriamiento a baja temperatura.

2. El fraccionamiento con disolventes.

3. El fraccionamiento con agentes de superficie.

En todo caso el fraccionamiento no acarrea ninguna modificación de la estructura química de las grasas ni de los aceites.

La expresión grasas y aceites y sus fracciones simplemente desnaturalizados contempla las grasas y aceites y sus fracciones a los que se ha añadido un desnaturalizante para inutilizarlos para la alimentación humana, tal como aceite de pescado, fenoles, aceites minerales, esencia de trementina, etc. Estas sustancias se añaden en pequeñas cantidades, habitualmente un 1% como máximo, de manera tal que las grasas o aceites y sus fracciones se enrancian, se acidifican, se vuelven irritantes o amargas.

Las grasas y aceites y sus fracciones están comprendidos en el presente capítulo, cualquiera sea el uso a que se destinen: alimentación, usos industriales (fabricación de jabón, velas, lubricantes, barnices, tintes, etc.).

Las ceras animales o vegetales son ésteres que resultan de la combinación de ciertos ácidos grasos (palmítico, cerótico o mirístico) con alcoholes distintos (cetílico, etc.). Contienen también algunas cantidades de ácidos grasos y de alcoholes libres, así como hidrocarburos. A diferencia de las grasas, las ceras no desprenden olor ocre ni irritante cuando se calientan y no se enrancian; generalmente, son más duras que las grasas.

Las grasas y aceites vegetales, se encuentran muy extendidos en la naturaleza, están contenidos en las células de ciertas partes de plantas (semillas y frutos principalmente) de donde se extraen por presión o con disolventes. En todo caso las grasas y aceites vegetales comprendidos en las partidas del presente capítulo son las grasas y aceites fijos, es decir las grasas y aceites difícilmente destilables sin descomponerse. Como no son volátiles, pueden ser arrastrados por vapor de agua sobrecalentado que los descompone saponificándolos.

Los subproductos de la depuración y del refinado de los aceites (borras o heces de aceite, pasta de neutralización, llamadas también pastas de aceite o pastas de saponificación también forman parte del presente capítulo.

La partida 15.01 correspondiente al Capítulo 15 comprende a la manteca de cerdo; las demás grasas de cerdo y grasas de ave, fundidas, incluso prensadas o extraídas con disolventes. Estas grasas pueden presentarse en bruto, refinadas, efectuándose el refinado por neutralización, tratamiento con tierra de batán, insuflado de vapor de agua sobrecalentado, filtración, etc.

Estos productos se utilizan en la alimentación, la fabricación de unguentos, pomadas, jabones, etc.

No obstante lo anterior se excluye de la presente partida:

1. La grasa sin fundir de cerdo o de aves de la partida 02.09.
2. El aceite de manteca de cerdo y la estearina de la partida 15.03.
3. La grasa de huesos o de deshechos de cerdo o de aves obtenidas por procedimientos distintos de la fusión, o de animales que no sean los comprendidos en la presente partida (15.02, 15.04 o 15.06).

4. El aceite de huesos de la partida 15.06.
5. Los sucedáneos de la manteca de cerdo fundida de la partida 15.17.

La grasa de los huesos tiene la consistencia del sebo, es de color blanco a apenas amarillento y con olor a sebo; pero cuando no se han utilizado huesos frescos, se presenta en forma de grasa blanda , granulosa, coloreada de amarillo sucio o pardo y con un olor desagradable. Esta grasa se utiliza en la industria del jabón o de las velas y para la preparación de lubricantes.

La grasa de deshechos se extrae de los despojos de animales, de algunos desperdicios o residuos de animales ( la limpieza de las lenguas, panza, etc.) o procedentes de la preparación o de la limpieza de las pieles. La grasa de deshechos presenta, en general, las características siguientes: color oscuro, olor desagradable, contenido elevado de ciertos productos principalmente de ácidos grasos libres (ácido oleico, palmítico, etc., de colesterol, de impurezas. Temperatura de fusión más baja que la manteca de cerdo fundida o las demás grasas de esta partida. Se emplea principalmente para usos técnicos.

La partida 15.02 correspondiente al Capítulo 15 comprende a las grasas de animales de las especies bovina, ovina o caprina, en bruto o fundidas, incluso prensadas o extraídas con disolventes.

Sin embargo se excluyen de la presente partida:

1. La grasa de equinos de la partida 15.06
2. Las grasas de huesos y la grasa de deshechos animales de especies distintas de las comprendidas en la presente partida y que se clasifican en las partidas 15.04 o 15.06.
3. El aceite de origen animal (por ejemplo, aceite de pie de buey y el aceite de huesos de la partida 15.06.

4. Algunas grasas vegetales, llamadas sebos vegetales, por ejemplo el sebo vegetal de China (grasa vegetal extraída de la semilla de estilingia) y el sebo de Borneo (grasa vegetal extraída de numerosas plantas de Indonesia) que se clasifican en la partida 15.15.

NOTAS.-

El sebo está constituido por la grasa que rodea las vísceras y los músculos de los animales de la especie bovina, ovina o caprina. El sebo de la especie bovina es el más importante. En la presente partida se incluye tanto el sebo en bruto (ramas) como el sebo fundido. Comprende también el sebo obtenido a partir de residuos procedentes de la fusión que se trata después por presión o extracción con disolventes.

El sebo de mejor calidad es el primer jugo, grasa concreta de color blanco o amarillento casi inodoro recién preparado, con olor rancio característico después de envejecerse con el aire.

El sebo está formado casi exclusivamente por glicéridos de los ácidos oleico, esteárico y palmítico, se utiliza en la preparación de grasas alimenticias o de lubricantes, en la industria del jabón o de las velas, en el engrasadote cueros, en la preparación de productos para la alimentación animal, etc.

La partida 15.03 correspondiente al Capítulo 15 comprende la estearina solar, aceite de manteca de cerdo, oleoestearina, oleomargarina y aceite de sebo, sin emulsionar ni mezclar ni preparar de otra forma.

La Estearina es una sustancia blanca, insípida, de escaso olor, soluble solo en el alcohol hirviendo y en éter; está compuesta de ácido esteárico y glicerina y da mayor consistencia a los cuerpos grasos. En relación con la presente partida, se incluyen los productos del prensado del sebo (oleomargarina, aceite de sebo y oleoestearina), o bien de manteca de cerdo denominada (estearina solar y aceite de manteca de cerdo). La estearina solar comestible se utiliza principalmente mezclada con la manteca de cerdo para hacerla más homogénea y más consistente, cuando es comestible se clasifica en la partida 15.17. La estearina solar no comestible se utiliza como lubricante o como materia prima para la fabricación de glicerina, de estearina o de oleica.

El aceite de manteca de cerdo es un producto obtenido por prensado en frío de la manteca o de otras grasas de cerdo prensadas o fundidas. Es un líquido amarillento con ligero olor a grasa y sabor agradable, que se utiliza en la alimentación, en determinadas industrias (trabajo de lana, jabonería, etc.) o como lubricante.

La oleomargarina comestible es una grasa blanca o amarillenta, de consistencia blanda, con ligero olor a sebo y sabor agradable, de estructura cristalina, susceptible de transformarse en granulosa después de un laminado o calandrado. Está formada en gran parte por glicéridos del ácido oleico (trioleína). Se usa principalmente en la fabricación de productos alimenticios del tipo margarina o sucedáneos de la manteca de cerdo y en la preparación de lubricantes.

El aceite de sebo (oleomargarina no comestible), también comprendido en la presente partida, es una variedad de oleomargarina líquida o semilíquida, amarillenta, con olor a sebo; expuesta al aire, se enrancia fácilmente. El aceite de sebo se utiliza en la fabricación de jabón y mezclado con aceites minerales, como lubricante.

La parte más sólida que queda después de la separación de la oleomargarina y del aceite de sebo, se llama oleoestearina o sebo prensado, está constituida principalmente por una mezcla de glicéridos de los ácidos esteárico o palmítico (triestearina y tripalmitina). Se presenta generalmente en panes o tabletas de consistencia frágil; es de color blanco, inodoro e insípido.

La partida 15.04 correspondiente al Capítulo 15 comprende a las grasas y aceites de pescado o de mamíferos marinos, y sus fracciones incluso refinados, pero sin ,modificar químicamente, entre los cuales se encuentra el aceite de hígado de pescado, las grasas y aceites de pescado y sus fracciones y las grasas y aceites de mamíferos y sus fracciones, de varias especies de pescados como bacalao, halibut, arenques, sardinas, anchoas, salmones o bien de mamíferos marinos tales como las ballenas, cachalotes, delfines, focas, etc. Se extraen del cuerpo entero de los animales, del hígado, o bien de los deshechos. Tienen generalmente el olor especial y característico del pescado y sabor desagradable; el color natural puede variar desde el amarillo al pardo rojizo.

NOTAS.-
Del hígado de bacalao y de otros pescados, se extrae un aceite muy rico en vitaminas y otros compuestos orgánicos que permiten su uso en medicina. Este aceite se clasifica en la presente partida, aunque haya sido simplemente sobrevitaminizado o irradiado. Pero emulsionado o con adición de otras sustancias para uso terapéutico, o bien presentado con un acondicionamiento farmacéutico, se clasifica en el capítulo 30.

El aceite o grasa de ballena se extrae del tocino, de los huesos o de otras partes de la ballena. Puede utilizarse en la industria pero se usa sobre todo después de hidrogenización y refinado, en la alimentación y principalmente en la fabricación de margarina.

La grasa o aceite de cachalote especialmente de la cabeza, puede separarse en dos partes, una sólida, el espermaceti, que se clasifica en la partida 15.21 y otra líquida que a a veces contiene todavía espermaceti que puede extraerse y que es el aceite de espermaceti comprendido en la presente partida y utilizado como lubricante.
La partida comprende también la estearina de pescado, que es una parte sólida del aceite de pescado refrigerado, obtenida por presión y decantación. Este producto, de color amarillento o pardo y olor a pescado, más o menos fuerte, se utiliza para la preparación de degrás, de lubricantes o de jabón de calidad inferior.

La grasa y aceite refinados, de pescados o de mamíferos marinos, se clasifican en esta partida; cuando se han hidrogenado, interesterificado, reesterificado o elaidinizado, total o parcialmente, están comprendidos en la partida 15.16.

La partida 15.05 correspondiente al Capítulo 15 comprende a la grasa de lana y sustancias grasas derivadas, incluida la lanolina. También se encuentra la grasa de lana en bruto denominada suarda o suintina
La presente partida excluye a:

1. Los alcoholes de composición química definida y que se clasifican generalmente en el capítulo 29.
2. Las preparaciones a base de lanolina por ejemplo la lanolina adicionada de sustancias medicamentosas o perfumadas de la partida 30.03, 30.04 o capítulo 33.
3. La lanolina modificada químicamente hasta el punto de que haya perdido sus características esenciales de la lanolina, por ejemplo la lanolina etoxilada hasta hacerla hidrosoluble de la partida 34.02.

4. El residuo de la destilación de la suarda, llamado pez de suarda o brea de suarda que se clasifica en la partida 15.22

Notas:-

La grasa de lana en bruto o llamada también suarda ( suintina) es la grasa pegajosa de olor desagradable, extraída de las aguas jabonosas utilizadas para el desengrasado de la lana o en el batanado de los paños. También se puede extraer de la lana sucia por medio de disolventes volátiles (sulfuro de carbono). Como no está formada por glicéridos, se debe considerar más como una cera que como grasa. Se utiliza para preparar directamente materias lubricantes o para otros usos industriales; pero se emplea principalmente ya depurada (en forma de lanolina) y para la extracción de oleína suarda o de estearina de suarda.

La Lanolina se obtiene por depuración de la suarda y tiene la consistencia de un ungüento. Es de color blanco amarillento o pardo según el grado de refinado, poco alterable al aire y presenta un ligero olor característico. Es muy soluble en alcohol hirviendo e insoluble en agua, pero puede sin embargo absorber una gran cantidad de agua transformándose en una emulsión de consistencia pastosa conocida con el nombre de lanolina hidratada.

La Lanolina anhidra se utiliza para preparar lubricantes, aceites emulsionados o aprestos. Hidratada o emulsionada, la lanolina se emplea sobre todo en la preparación de unguentos o de cosméticos.

La lanolina ligeramente modificada que conserve las características esenciales de la lanolina y los alcoholes de suarda (conocidos también con el nombre de alcoholes de lanolina y que son mezclas de colesterol, de isocolesterol y de otros alcoholes superiores, también se clasifican en la presente partida.

Por destilación de la suarda, realizada con vapor de agua y seguida de un prensado, se puede separar un producto líquido, un producto sólido y un residuo.

El primero llamado oleína de suarda, es un líquido más o menos turbio de color pardo rojizo con un ligero olor a suarda, soluble en alcohol, éter dietílico, gasolina, etc. La oleína de suarda se utiliza en la hilatura como producto de ensimado.
La parte sólida llamada estearina de suarda, es una materia de aspecto céreo, de color amarillento pardo, con un fuerte olor a suarda, soluble en alcohol hirviendo y en otros disolventes orgánicos. Se emplea en la industria de las pieles para preparar materias lubricantes o grasas adhesivas y para la fabricación de velas o de jabón.

La partida 15.06 correspondiente al Capítulo 15 comprende a las demás grasas y aceites animales y sus fracciones, incluso refinados, pero sin modificar químicamente. Entre los cuales encontramos: la grasa de equinos, de hipopótamos, oso, conejo, cangrejo de río, de tortuga etc., el aceite de pie de buey, de caballo o de carnero; el aceite de huesos; el aceite extraído de la médula de los huesos; el aceite de yema de huevos, el aceite de huevos de tortuga, el aceite de crisálidas.

La presente partida comprende a todas las grasas de origen animal que no procedan del cerdo, de las aves, bovinos, ovinos, caprinos, pescados ni mamíferos marinos y todos los aceites de origen animal, excepto el aceite de manteca de cerdo etc.
Sin embargo se excluye de la presente partida:

1. La grasa fundida de cerdo y de aves de la partida 15.01.
2. La grasa de animales de la especie bovina, ovina o caprina, en bruto de la partida 15.02.
3. La grasa y aceite de pescado o de mamíferos marinos y sus fracciones de la partida 15.04.
4. Los productos que consistan principalmente en bases pirídicas (aceite de Dippel, llamado también aceite de huesos) de la partida 38.23.

NOTAS.-

El aceite de pie de buey, de caballo, etc. (incluida la grasa obtenida a partir de los huesos, situados entre el casco o la pezuña y el corvejón de los animales de las especies ovina, bovina, caprina. Son aceites de color amarillo pálido, de sabor dulzón, inalterables en el aire y que, por esta causa, se utilizan sobre todo como lubricantes en mecanismos delicados (relojes, máquinas de coser, armas de fuego, etc.).
El aceite de crisálidas se extrae de las crisálidas del gusano de seda, es un aceite pardo rojizo de olor fuerte y muy desagradable y se utiliza en la industria del jabón.

El aceite de yema de huevos se obtiene de las yemas bien cocidas por prensado o por extracción con disolventes. Es un aceite límpido de color amarillo dorado o ligeramente rojizo que huele a huevos cocidos.
El aceite de huevos de tortuga es de color amarillo claro e inodoro, que se emplea en la alimentación.

El aceite de médula de huesos es un producto blanco o amarillento que se utiliza en farmacia o en perfumería.


La partida 15.07 correspondiente al Capítulo 15 comprende el aceite de soja y sus fracciones, incluso refinado, pero sin modificar químicamente.
Se excluye de la presente partida la lecitina de soja que se clasifica en la partida 29.23.


NOTAS.-

El aceite se soja se obtiene por extracción partiendo de las habas de soja (Glycine max) mediante prensas hidráulicas o de tornillo o incluso con disolventes. Es un aceite secante fijo de color amarillo pálido que se utiliza en la alimentación humana o en determinadas industrias (por ejemplo fabricación de margarina, aliñado de ensaladas, fabricación de jabón, de pinturas, barnices, plastificantes o resinas alquídicas).

Los aceites vegetales fijos, fluidos o concretos, obtenidos por presión se consideran en bruto si no se han sometido a tratamientos distintos de la decantación, la centrifugación o la filtración, siempre que, para separar el aceite de las partículas sólidas, solo se haya utilizado la fuerza mecánica, tal como la gravedad, la presión o la fuerza centrífuga, excluyendo cualquier procedimiento de filtración por adsorción, fraccionamiento o cualquier otro procedimiento físico o químico. Un aceite obtenido por extracción se considera bruto en tanto no haya experimentado ninguna modificación del color, del olor o del gusto en relación con el aceite correspondiente obtenido por presión.

La partida 15.08 correspondiente al Capítulo 15 comprende el aceite de cacahuate o maní sus fracciones, incluso refinado, pero sin modificar químicamente. En esta partida se encuentra el aceite en bruto y los demás aceites.

Nota.-

El aceite de cacahuate es un aceite que se obtiene a partir del cacahuate común (Arachis hypogaea) o maní, por extracción con disolventes o por presión.-

El aceite filtrado y refinado se utiliza principalmente como aceite de cocina o en la fabricación de margarina. Las calidades inferiores se utilizan para la fabricación de jabón o de materias lubricantes.

La partida 15.09 correspondiente al Capítulo 15 comprende el aceite de oliva y sus fracciones, incluso refinado, pero sin modificar químicamente, encontrándose el aceite de oliva virgen y los demás tipos de aceite de oliva.
Sin embargo se excluye de la presente partida el aceite de orujo y las mezclas de aceite de oliva y de orujo que se clasifican en la partida 15.10, también se excluye el aceite reesterificado obtenido a partir del aceite de oliva que se clasifica en la partida 15.16.

El aceite de Oliva es el aceite obtenido a partir del fruto del Olivo (Olea Europae l).
El aceite de oliva virgen es aquel que se obtiene a partir de la aceituna únicamente por procedimientos mecánicos u otros procedimientos físicos (por ejemplo, por presión) en condiciones térmicas que no impliquen, en especial, la alteración del aceite. No debe haber sido sometido a tratamientos distintos al lavado, decantación, centrifugación o filtración.

El aceite de oliva virgen comprende:

1. El aceite de oliva virgen, ya apto para el consumo, que es de color claro, entre amarillo y verde con olor y sabor peculiares.

2. El aceite de oliva lampante, que tiene sabor y olor defectuoso o un contenido de ácidos grasos libres expresados en ácido oleico superior a 3,3 g por 100 g, o que presenta las dos características. Puede utilizarse tal cual en usos técnicos o, después de refinado, en la alimentación humana.

El aceite de oliva refinado que se obtiene a partir del aceite de oliva virgen, por técnicas de refinado que no entrañan ni modificación de la estructura glicérica inicial del aceite ni modificación de la estructura de los ácidos grasos que la constituyen. Este aceite es claro, límpido, sin sedimento, con un contenido de ácidos grasos libres (expresado en ácido oleico) que no excede de 03g por 100 g. Es de color amarillo sin ningún olor ni sabor determinados y adecuado para el consumo humano tal cual o mezclado con aceite de oliva virgen.
Las fracciones y las mezclas están constituidas por el aceite de oliva virgen y el aceite de oliva refinado.

La partida 15.10 correspondiente al Capítulo 15 comprende a los demás aceites obtenidos exclusivamente de la aceituna, y sus fracciones incluso refinados, pero sin modificar químicamente, y mezclas de estos aceites o fracciones con los aceites o fracciones de la partida 15.09. Se encuentran en la presente partida el aceite de orujo de aceituna. Puede presentarse en bruto o refinado o tratado de otro modo, siempre que no se haya producido ninguna modificación de la estructura glicérica.

Sin embargo se excluye de la presente partida el aceite reesterificado obtenido del aceite de oliva que se clasifica en la partida 15.16.

Notas:

El aceite de orujo de aceituna se obtiene por la extracción con disolventes del orujo de aceituna procedente del prensado de la aceituna para la obtención del aceite de oliva de la partida 15.09. El aceite de orujo de aceituna en bruto, puede hacerse comestible por técnicas de refinado que no entrañan modificación de la estructura glicérica inicial, el aceite así obtenido es claro, límpido, de color entre amarillo y amarillo pardo, sin sedimento y exento de olor y sabor defectuoso.
Las mezclas más corrientes están constituidas por el aceite de orujo de aceituna y el aceite de oliva virgen.

Se confirma la ausencia de aceites reesterificados determinando la suma de los contenidos de aceite palmítico oo esteárico en posición 2 en los triglicéridos. Este contenido debe ser inferior a 2,2 %

La partida 15.11 correspondiente al Capítulo 15 comprende el aceite de palma y sus fracciones, incluso refinado, pero sin modificar químicamente, encontrándose el aceite de palma en bruto , refinado, etc.
Se excluye de la presente partida el aceite de palmiste y el aceite de babasú de la partida 15.13.

Notas.-

El aceite de palma es una grasa vegetal que se obtiene por extracción o por presión a partir del mesocarpio de los frutos de diferentes especies del género Eleais. El color varía del amarillo naranja al rojo anaranjado.

El aceite de palma se utiliza para la fabricación de jabón, de preparaciones de tocador o de cosmética, como lubricante, en los baños de estañado en caliente, etc. El aceite refinado se utiliza en la alimentación principalmente para guisar y en la fabricación de margarina.

La partida 15.12 correspondiente al Capítulo 15 comprende el aceite de girasol, de cártamo o de algodón, y sus fracciones, incluso refinados, pero sin modificar químicamente., puede también presentarse en bruto.

Notas.-

El Aceite de Girasol procede de la semilla de girasol común (Helianthus annuus), es de color amarillo dorado claro. Se utiliza para el aliñado de ensaladas y participa en la composición de la margarina o de los sucedáneos de la manteca de cerdo. Posee propiedades semisecativas que le hacen muy útil en la industria de las pinturas y de los barnices.

Aceite de Cártamo Se obtiene de las semillas de cártamo (Cartamus Tinctoris), planta tintórea muy importante, que proporciona un aceite secante y comestible. Este aceite se utiliza en la fabricación de productos alimenticios, farmacéuticos, resinas alquídicas, pinturas y barnices.

Aceite de Algodón es el aceite más importante de los aceites semisecantes, se obtiene a partir de la semilla de varias especies del género Gossypium. El aceite de algodón se utiliza para varios fines industriales tales como el adobado de pieles, la fabricación de jabón, de lubricantes, glicerina o composiciones impermeabilizantes y como base para cremas cosméticas. El aceite refinado puro es muy apreciado en la cocina para el aliñado de ensaladas, así como para la fabricación de margarina o de los sucedáneos de la manteca de cerdo.

La partida 15.13 correspondiente al Capítulo 15 comprende el aceite de coco (de copra), de palmaste o de babasú, y sus fracciones, incluso refinados, pero sin modificar químicamente. se incluyen también en bruto.

Notas.-

Aceite de Coco (Aceite de Copra) se obtiene de la carne seca (también llamada copra) de la nuez de coco (cocos nucifera). También puede utilizarse la carne de coco fresca. Este aceite no es secante, es de color amarillo pálido o incoloro y sólido por debajo de 25° C. El aceite de copra se utiliza para fabricar jabón, preparaciones de tocador y de cosmética, grasas lubricantes, detergentes sintéticos, preparaciones para lavar o para la limpieza en seco y como fuente de ácidos grasos, de alcoholes grasos o de ésteres metílicos.

Aceite de Palmiste es un aceite de color blanco que se obtiene de la palma de diferentes especies de géneros Eleais, pero se extrae de la almendra del fruto en lugar de la pulpa (aceite de palma de la partida 15.11). Este aceite es muy utilizado en las industrias de fabricación de margarina o de dulcería por su olor agradable y su sabor a avellana. Se utiliza también para la fabricación de glicerina, champús, jabones o velas.

Aceite de babasú es un aceite que no es secantey que se obtiene del fruto de la palmera babasú (Orbignya Martiana). Se extrae de la almendra que constituye la pepita del fruto. Se utiliza en la fabricación de productos industriales tales como el jabón. Refinado se utiliza como sucedáneo del aceite de palmaste en productos alimenticios.

La partida 15.14 correspondiente al Capítulo 15 comprende a los aceite de Nabina, de Colza o de Mostaza, y sus fracciones, incluso refinados, pero sin modificar químicamente. Incluso comprende al aceite en bruto.

Notas.-

El Aceite de Nabina o Colza se obtiene de las semillas de varias especies de Brassica, producen aceites semisecantes que poseen características similares y que se clasifican en el comercio como aceites de nabiza o de colza.
Estos aceites tienen generalmente un elevado contenido de ácido erúcico. Se entienden incorporado en la presente partida el aceite de semilla de nabo ( nabina) y el aceite de colza con bajo contenido de ácido erúcico ( éste procede de semillas de nabo y de colza que contienen pequeñas cantidad procedente de especies de nabina especialmente desarrolladas para este fin.

Se utilizan para el aliñado de ensaladas, en la fabricación de margarina, etc. Se emplean también para fabricar productos industriales, tales como aditivos para lubricantes por ejemplo. El aceite refinado que se conoce corrientemente con el nombre de aceite de colza, es también comestible.

Aceite de Mostaza es un aceite vegetal fijo, obtenido, por ejemplo, de las tres especies vegetales siguientes: mostaza blanca (Sinapsis alba y Brassica hirta), mostaza negra (Brassica nigra) o mostaza india (brassica juncea). Se utiliza principalmente para la fabricación de productos farmacéuticos, en la cocina o en la fabricación de productos industriales.


La partida 15.15 correspondiente al Capítulo 15 comprende a las demás grasas y aceites vegetales fijos (incluido el aceite de joroba) y sus fracciones, incluso refinados, pero sin modificar químicamente incluso en bruto.
Se deben excluir de la presente partida los aceites de las partidas 15.07 a 15.14.

Notas.-

Aceite de Linaza se obtiene de las semillas del lino (linum usitatissimun), es uno de los aceites secantes más importantes. Su color va del amarillo al pardo y el olor y el sabor son acres. Al oxidarse, forma en la superficie del objeto al que se ha aplicado una película elástica muy resistente. Se utiliza principalmente en la fabricación de pinturas, barnices, telas enceradas, mástiques, jabones en pasta, tintas de imprenta, resinas alcídicas o productos fanramcéuticos. El aceite de lino prensado en frío es comestible.

Aceite de Maíz se obtiene de los granos del germen de maíz. El aceite en bruto sirve para muchos usos industriales, tales como la fabricación de jabones, materias lubricantes o para el adobado del cuero. Refinado, este aceite es comestible y se utiliza en la cocina, en pastelería, mezclado con otros aceites, etc. El aceite de maíz es semisecante.

Aceite de ricino procede de las semillas de Ricinos cmmunis. Se trata de un aceite que no es secante, espeso, generalmente incoloro o ligeramente coloreado que, antiguamente se utilizaba en medicina como purgante, pero que actualmente se utiliza en la industria como plastificante en la preparación de lacas, de nitrocelulosa, en la fabricación de ácidos dibásicos, de elastómeros o adhesivos, agentes tensoactivos, fluidos hidráulicos, etc.

Aceite de Tung o de madera de China, se obtiene de las semillas del fruto de diferentes especies del género Aleurites (por ejemplo, A. Fordii y A. Montana). El color varía del amarillo pálido al pardo oscuro; se seca rápidamente y tiene cualidades de conservación y de resistencia a la humedad. Se utiliza principalmente en la fabricación de pinturas o barnices.

Aceite de Sésamo (ajonjolí) se obtiene a partir de semillas de Sesamun indicum, que es una planta anual. Se trata de un aceite semisecante cuyas cualidades superiores se utilizan para la fabricación de los productos llamados Shortenings, aceites para ensaladas, margarina, productos alimenticios análogos, así como para la fabricación de productos farmacéuticos. Las calidades inferiores se utilizan con fines industriales.

Aceite de Joroba ( yoyoba) se describe a veces como una cera líquida, es incoloro o amarillento o inodoro constituido esencialmente por ésteres de alcoholes grasos superiores, obtenido de la semilla de un arbusto del desierto del género Simmondsia y utilizado, por ejemplo, como sustituto del aceite de espermaceti en las preparaciones cosméticas.

Sebos vegetales como el caso del sebo de Borneo y el sebo de China, proceden del tratamiento de semillas oleaginosas. El sebo de Borneo se presenta en panes de color blanco exteriormente y amarillo verdoso en el interior, tiene una estructura cristalina o granulosa, en cambio el sebo de China es una sustancia concreta de aspecto céreo, untuosa al tacto, de color verdoso y de olor ligeramente aromático.

Cera de Mírica y cera de Japón son en realidad grasas vegetales. El primero se recoge de las bayas de varias especies de plantas del género Mírica, que se presenta en panes de aspecto céreo de color amarillo verdoso tiene un olor ligeramente balsámico, en cambio el conocido como cera del Japón es una sustancia extraída de los frutos de algunas variedades de árboles de China o de Japón, de la familia de las Rhus, que se presenta en forma de tabletas o de discos, de aspecto céreo, de color verdoso, amarillento o incluso blanco, de estructura cristalina, de consistencia frágil y de olor ligeramente resinoso.

La partida 15.16 correspondiente al capítulo 15 comprende a las grasas y aceites, animales o vegetales y sus fracciones, parcial o totalmente hidrogenados, interesterificados, reesterificados o elaidinizados, incluso refinados, pero sin preparar de otra forma. Se clasifican en la presente partida aunque presenten el carácter de ceras o se hayan desodorizado o refinado, incluso si ya pueden utilizarse como tales para usos alimenticios. Se incluyen también en la presente partida a los productos que han sido sometidos a una hidrogenación parcial que modifica la forma cis del glicérido de los ácidos grasos no saturados en forma de trans para elevar el punto de fusión (incluso cuando estos productos tienen tendencia a separarse en capas pastosas o líquidas). Además se incluyen los productos hidrogenados (por ejemplo. aceites transformados en materias grasas pastosas o sólidas).

Sin embargo se excluye de la presente partida la grasa y el aceite hidrogenados, etc., que se han sometido a preparaciones posteriores tales como el texturado (golpeado con aire comprimido para modificar la textura y la estructura cristalina) con el fin de utilizarlos en la alimentación, en cuyo caso se clasificarán en la partida 15.17.

NOTAS.-

Grasas y aceites hidrogenados, Este proceso de hidrogenización se realiza poniendo en contacto los productos con el hidrógeno puro a temperatura y presión adecuadas, en presencia de un catalizador (generalmente níquel finamente dividido). Esta operación eleva el punto de fusión de las grasas y aumenta la consistencia de los aceites, por transformación de los glicéridos no saturados (de los ácidos oleicos, linoleicos, etc.) en glicéridos saturados (de los ácidos palmíticos, esteáricos, etc.) con puntos de fusión más elevados. El grado de hidrogenación y la consistencia final del producto dependen del procedimiento utilizado y de la duración del tratamiento.

Grasas y aceites interesterificados, reesterificados o elaidinizados.
Los aceites interesterificados (o transesterificados). La consistencia de un aceite o de una grasa puede aumentarse modificando de manera adecuada la posición de los radicales de los ácidos grasos en los triglicéridos contenidos en el producto. La reacción y el desplazamiento de los ésteres puede estimularse con agentes catalizadores.

Las Grasas y aceites reesterificados (llamados también esterificados) son glicéridos obtenidos por síntesis directa del glicerol con mezclas de ácidos grasos libres o con aceites ácidos procedentes del refinado. La posición de los radicales de los ácidos en los triglicéridos difiere de la que se encuentra normalmente en los aceites naturales. En todo caso los aceites obtenidos de las aceitunas que contengan aceites reestirificados se clasifican en la presente partida.

Las grasas y aceites elaidinizados son grasas y aceites sometidos a un tratamiento que provoca una transformación sustancial de los radicales de los ácidos grasos instaurados de la forma cis a la forma trans.


La partida 15.17 correspondiente al Capítulo 15 comprende a la margarina; mezclas o preparaciones alimenticias de grasas o de aceites animales o vegetales, o de fracciones de diferentes grasas o aceites de este capítulo, excepto las grasas y aceites alimenticios, y sus fracciones de la partida 15.16. En esta partida encontramos a la margarina, estos productos pueden estar emulsionados (por ejemplo, con leche desnatada y malaxados o tratados por texturado (modificación de la textura o estructura cristalina) o de otro modo o con pequeñas cantidades de lecitina, fécula, colorantes orgánicos, sustancias aromáticas, vitaminas, mantequillas u otras materias grasas procedentes de la leche. También se incluyen las preparaciones alimenticias obtenidas de una sola grasa o de sus fracciones, o de un solo aceite o de fracciones, incluso hidrogenados, que se hayan emulsionado, malaxado, texturado, etc. Corresponde también a la presente partida las mezclas entre sí o preparaciones alimenticias de grasas o de aceites animales o vegetales o de fracciones de diferentes grasas o aceite de este capítulo, del tipo de las utilizadas como preparaciones para desmoldeo.

Se excluyen del presente capítulo:

1. Las grasas y aceites que han sido simplemente refinados permanecen clasificados en sus respectivas partidas, aunque estén acondicionados para la venta al por menor.
2. Las preparaciones que contengan en peso más de 15% de mantequilla o de otras grasas de la leche que se clasifican en el capítulo 21 generalmente.
3. Los productos obtenidos en el prensado del sebo o de la manteca de cerdo, que se clasifica en la partida 15.03

Notas.-

La Margarina (excepto la margarina líquida) es una masa plástica generalmente amarillenta, que se obtiene a partir de grasa o de aceite vegetal o de una mezcla de estas grasas. Es una emulsión del tipo agua – aceite, preparada generalmente para que se parezca a la mantequilla por el aspecto, la consistencia, el color, etc.
La partida 15.18 correspondiente al Capítulo 15 comprende las grasas y aceites, animales o vegetales, y sus fracciones, cocidos, oxidados, deshidratados, sulfurados, soplados, polimerizados por calor, en vacío o atmósfera inerte o modificados químicamente de otra forma, con exclusión de los de la partida 15.16; mezclas o preparaciones no alimenticias de grasas o de aceites animales o vegetales, o de fracciones de diferentes grasas o aceites de este capítulo, no expresadas ni comprendidas en otras partidas.

En esta partida están comprendidas las grasas y aceites, animales o vegetales, y sus fracciones que se hayan sometido a determinados tratamientos que modifiquen su estructura química, lo que mejora su viscosidad, su secatividad (es decir la propiedad de absorber el oxígeno del aire y adquirir así la aptitud para formar películas elásticas) o que modifiquen otra de sus propiedades , siempre que tengan la estructura fundamental de los triglicéridos y que no estén contemplados más específicamente en otra parte .

Se excluyen de la presente partida:

1. Las grasas y aceites simplemente desnaturalizados
2. Las grasas y aceites hidrogenados interesterificados, reesterificados o elaidinizados de la partida 15.06.
3. Las preparaciones del tipo de las utilizadas para la alimentación de los animales de la partida 23.09.
4. Los aceites sulfonados, es decir los tratados con ácido sulfúrico de la partida 34.02.
5. El caucho facticio que se obtiene sulfurando los aceites que se clasifican en la partida 40.02.

NOTAS.-

Aceites cocidos u oxidados son aquellos que proceden del tratamiento por calor de aceites generalmente con adición previa de una pequeña cantidad de agentes oxidantes. Se utilizan en la industria de pinturas y de barnices.
Aceites soplados son aceites parcialmente oxidados y polimerizados por insuflacción de aire caliente. Se emplean para la preparación de barnices aislantes, de similcueros, así como para la obtención de preparaciones por mezcla con aceites minerales (aceites compuestos).

Linoxina es un producto semisólido con consistencia de caucho, constituido por un aceite de lino fuertemente oxidado y que se utiliza en la fabricación de linóleo.
Aceite de ricino deshidratado se obtiene por deshidratación en presencia de catalizadores y que se utiliza en la fabricación de barnices o de pinturas.

Aceites sulfurados son los que resultan del tratamiento con el azufre, o con el cloruro de azufre, tratamiento que conduce a una polimerización de las moléculas. El aceite así tratado da una película que absorbe menos agua que la película usual del aceite simplemente secado, posee una mayor resistencia mecánica y llega más rápidamente a un estado en que ya no es pegajoso. Los aceites sulfurados se utilizan en las pinturas antiherrumbre y los barnices para barcos.

Aceites polimerizados se denominan así a algunos aceites (principalmente los de lino o de madera de China) polimerizados por simples calentamiento sin oxidación. Se preparan por ebullición al abrigo del aire a 250- 300 °C. en una atmósfera inerte de gas carbónico o bien de vacío. Se obtienen así aceites más o menos consistentes, que se utilizan, con el nombre de standolies, en la fabricación de barnices que dan una película especialmente flexible e impermeable. También bajo el nombre de Stand- oil se conocen también en el comercio los aceites polimerizados, sin las partes no polimerizadas, así como las mezclas de aceites polimerizados.

Aceites modificados

Aceites maléicos que se obtienen tratando, por ejemplo, el aceite de soja con cantidades limitadas de anhídrido maléico, a una temperatura de 200°C o más, en presencia de una cantidad de polialcohol suficiente para esterificar el exceso de acidez del aceite. Los aceites maléicos así obtenidos tienen propiedades secantes.
Las mezclas o preparaciones no alimenticias de grasas o de aceites vegetales debe entenderse referidas entre otros a los aceites de fritura usados que contienen, por ejemplo, aceite de nabina, aceite de soja y una pequeña cantidad de grasa animal, utilizados en la preparación de alimentos para animales.

La partida 15.19 correspondiente al Capítulo 15 comprende a los ácidos grasos monocarboxílicos industriales; aceites ácidos refinados; alcoholes grasos industriales.

Entre los que se encuentran el ácido esteárico, oleico, talloil, alcohol láurico, cetílico, esteárico, oleico, mezclas de alcoholes alifáticos, etc.
Se excluyen de la presente partida:

1. El ácido oleico de pureza superior o igual al 85% (calculada en relación con el peso del producto seco) que se clasifican en la partida 29.16.
2. Los demás ácidos grasos de pureza superior o igual al 90% (calculado en relación con el peso del producto seco) que se clasifica en la partida 29.15 o 29.16.
3. Los alcoholes grasos de constitución química definida de pureza superior o igual al 90% calculado en relación con el peso del producto en estado seco que se clasifican en la partida 29.05.

NOTAS.-

ÁCIDOS GRASOS MONOCARBOXÍLICO INDUSTRIALES.

Se producen generalmente por saponificación o por hidrólisis de aceite y grasas naturales. La separación de los ácidos grasos en productos sólidos (saturados) y productos líquidos (insaturados) se hace generalmente por critalización con disolventes o sin el. La parte líquida comercialmente conocida como “ácido oleico” u “oleína”, contiene ácido oleico y otros ácidos grasos insaturados (por ejemplo, linoleico y linólico), así como una pequeña cantidad de ácidos grasos saturados. La parte sólida, conocida comercialmente como “ácido esteárico” o “estearina”, contiene principalmente los ácidos palmítico y esteárico, así como una pequeña cantidad de ácidos grasos insaturados.

Ácido esteárico comercial (estearina) es un producto blanco y sólido de olor característico. Es relativamente duro y quebradizo y se vende generalmente en forma de perlas, pajuelas o polvo. Se vende también líquido cuando se transporta caliente en cisternas isotérmicas.

Ácido oleico comercial (oleína) es un líquido aceitoso de color que varía de incoloro a pardo, con sabor característico.

Ácidos grasos del Tall –oil, constituidos por los ácidos oleico y linoleico. Se obtienen por destilación del aceite de “Tall- Oil” en bruto y contienen el 90% o más, en peso, calculado sobre producto seco, de ácidos grasos separados de la casi totalidad de los ácidos resínicos del “Tall – Oil” por destilación fraccionada en vacío o por cualquier otro procedimiento.

Ácidos grasos destilados se obtienen por escisión hidrolítica de diversos aceites y grasas (por ejemplo, el aceite de coco, de palma o el sebo) seguida por una purificación (destilación).

ALCOHOLES GRASOS INDUSTRIALES

Son mezclas de alcoholes acíclicos obtenidos principalmente por reducción catalítica de los ácidos grasos industriales de la presente partida o de sus ésteres, por saponificación del aceite de chachalote, por reacción catalítica entre las olefinas, el óxido de carbono y el hidrógeno ( síntesis Oxo), por hidratación de las olefinas, por oxidaciónde hidrocarburos o por otros medios. Normalmente son productos líquidos, sin embargo, algunos son sólidos.

Alcohol Láurico industrial es una mezcla de alcoholes grasos saturados obtenida por reducción catalítica de los ácidos grasos del aceite de coco. Líquido a la temperatura ordinaria, a temperaturas más bajas adquiere una consistencia sólida.
Alcohol cetílico industrial, es una mezcla de alcohol cetílico y de alcohol esteárico en la que predomina el primero; se obtiene a partir del aceite de cachalote o del aceite de espermaceti. A la temperatura ordinaria es un líquido cristalino y traslúcido.

Alcohol oleico industrial se obtiene por reducción de la oleína o por presión hidráulica a partir de alcoholes derivados del aceite de cachalote. Es líquido a temperatura ambiente.

Alcohol Esteárico industrial es una mezcla de alcohol esteárico y de alcohol cetílico obtenida por reducción de la estearina o de aceites ricos en ácido esteárico o incluso del aceite de cachalote, por hidrogenación e hidrólisis, seguidas de destilación. A la temperatura normal, es un sólido blanco cristalino.
Las mezclas de alcoholes primario alifáticos, compuestos habitualmente de alcoholes con seis o trece átomos de carbono. Se trata de líquidos obtenidos generalmente por la síntesis Oxo.


La partida 15.20 correspondiente al Capítulo 15 comprende la glicerina, incluso pura; aguas, y lejías glicerinosas, se clasifican también en bruto y sintéticas. Se incluyen en la presente partida las aguas glicerinosas, subproductos de la preparación de los ácidos grasos, así como las lejías glicerinosas, subproductos de la fabricación de jabón.

Se excluyen de la presente partida el glicerol (glicerina) presentado en acondicionamientos farmacéuticos o con sustancias medicinales que se clasifican en la partida 30.03 o 30.04, como también la glicerina perfumada o con cosméticos del Capítulo 33.

El Glicerol (glicerina) o propano 1,2,3 –triol es un producto que se obtiene por disociación de aceites o grasas, o bien por síntesis a partir del propileno. Puede ser puro o estar purificado.

La Glicerina o glicerol en bruto se presenta con características diferentes según los métodos de producción, por ejemplo:
• El que se obtiene por hidrólisis (por el agua, ácidos o bases) es un líquido de color amarillo claro que llega hasta el pardo, de sabor dulzón y sin olor desagradable.
• El que procede de las aguas glicerinosas es un líquido de color amarillo claro, de sabor astringente y de olor desagradable.
• El que procede del tratamiento de las lejías residuales de jabonería es un líquido amarillo negruzco, de sabor dulzón y a veces aliáceo (si es muy impuro) y de olor más o menos desagradable.
• El que se obtiene por hidrólisis catalítica o enzimática es generalmente un líquido de sabor y olor desagradable, que contiene notables cantidades de sustancias orgánicas y minerales.
• La glicerina en bruto puede también obtenerse por transeterificación de los aceites y grasas por otros alcoholes.

La Glicerina o glicerol puro puede obtenerse:

• A partir del glicerol en bruto, por destilación u otros métodos de purificación (por ejemplo con resinas intercambiadoras de iones).
• Por síntesis a partir del propileno, como glicerol (glicerina) sintética. El glicerol puro es inodoro y de sabor dulce. Es generalmente incoloro, pero puede presentar a veces una ligera coloración amarilla.
La partida 15.21 correspondiente al Capítulo 15 comprende a las ceras vegetales (excepto los triglicéridos), cera de abejas o de otros insectos y esperma de ballena y de otros cetáceos, incluso refinados o coloreados.
Sin embargo se excluyen de la presente partida:

• El aceite de joroba o (yoyoba) de la partida 15.15.
• Los productos llamados denominados cera de Mírica o cera del Japón de la partida 15.15.
• Las mezclas de ceras vegetales entre sí.
• Las mezclas de ceras vegetales con ceras animales, minerales, artificiales o con parafina.
• La cera gofrada en panales para colmenas que se clasifica en la partida 96.02
• Las mezclas de ceras vegetales con grasas, resinas, minerales u otras materias (excepto las materias colorantes)
Todas las mezclas anteriormente excluidas se encuentran clasificadas en el Capítulo 34, especialmente en las partidas 34.04 o 34.05.

NOTAS.-

Tipos de Ceras

Ceras vegetales (excepto los triglicéridos), incluso refinadas o coloreadas.

Cera de Carnauba.-Es la exudada por las hojas de una variedad de palmera (Corypha cerífera o Copernicia cerífera, llamada palmera de la cera), es una sustancia cérea de color verdoso o amarillento, más o menos untuosa, de estructura casi cristalina, muy frágil y de olor agradable a heno.

Cera de Uricurí (o del Brasil) extraída de las hojas de una variedad de palmera (Attalea excelsa).

Cera de palmera exudada espontáneamente en la intersección de las hojas de otra variedad de palmera (Ceroxylon andicola), corre a lo largo del tronco del árbol; se presenta generalmente en trozos esféricos porosos y deleznables, de color blanco amarillento.( deleznable (Que se rompe o deshace fácilmente).

Cera de candelilla que3 se obtiene hirviendo en agua una planta de México (Euforbia antisyphilitica o Pedilanthus pavonis), es una cera parda, traslúcida y dura.

Cera de caña de azúcar, que se encuentra en la superficie de la caña y se separa industrialmente de la espuma de defecación del jugo durante la fabricación del azúcar; en bruto, es una cera negruzca, blanda y con un olor que recuerda al de la melaza de la caña.

Cera de algodón y cera de lino se encuentran contenidas en las fibras de estos vegetales, de los que se extraen con disolventes.

La cera de pisang es procedente de una especie de polvo extendido en las hojas de algunas especies de bananeros de Java.

La cera de esparto extraída del polvo que se forma al abrir las balas de esparto.
Cera de abejas o de otros insectos incluso refinadas.-

Cera de Abeja es la sustancia con que las abejas forman las celdas hexagonales de los panales de la colmena. Puede ser cera virgen o cera amarilla de estructura granulosa, de color amarillo claro, anaranjado e incluso pardo, de olor especialmente agradable o bien cera blanqueada (al aire o por procedimientos químicos), de color blanco o ligeramente amarillento y de olor tenue. Se utiliza principalmente en la fabricación de cirios, telas, papeles encerados, mástiques, betunes o encáusticos.

Cera de goma laca es la parte cérea de la goma laca que se extrae de las disoluciones alcohólicas de la goma y se presenta en masas pardas que huelen a laca.
La cera de China llamada también cera de insectos o cera de árbol, que es una secreción depositada por insectos vivos en las ramas de determinados fresnos, especialmente en China, en forma de eflorescencias blanquecinas que, recogidas y depuradas por fusión en agua hirviendo y filtración, producen una sustancia blanca o amarillenta, brillante, cristalina, insípida, con un olor que recuerda ligeramente al del sebo.

Blanco de Ballena o esperma de ballena o espermaceti en bruto prensado o refinado, incluso coloreado.

Blanco de Ballena llamado también blanco de cachalote o espermaceti es la parte sólida extraída de la grasa o del aceite contenido en las cavidades cefálicas y en los receptáculos subcutáneos del cachalote o de especies similares de cetáceos. Por su composición, se parece más a una cera que a una grasa.

Blanco de Ballena en bruto contiene cerca de un tercio de verdadero espermaceti y dos tercios de grasa, se presenta en masas amarillentas o pardas, más o menos concretas, de olor desagradable.

Blanco de Ballena llamado prensado es aquél del que se ha extraído toda la grasa. Tiene aspecto de pequeñas escamas sólidas, de un pardo amarillento, que no manchan o casi no mancha el papel.

Blanco de Ballena refinado se obtiene por tratamiento del blanco de ballena prensado con soluciones de sosa cáustica, es muy blanco y se presenta en hermosas láminas brillantes y nacaradas.

El blanco de ballena (espermaceti) se emplea para la fabricación de ciertas velas, en perfumería, en farmacia o para engrasar.

Nota.- El aceite de blanco de ballena es la parte líquida que queda después de la separación del espermaceti propiamente dicho y que se clasifica en la partida 15.04.

La partida 15.22 correspondiente al Capítulo 15 comprende el degrás; los residuos del tratamiento de las grasas o de las ceras animales o vegetales, comprende tanto el degrás natural como el artificial que son productos que se utilizan en tenería para engrasar el cuero, los residuos de las grasas o de las ceras animales o vegetales tales como las borras, heces del aceite, pastas de neutralización, brea esteárica, brea de suarda, pez de glicerina, tierras decolorantes agotadas, residuos de filtración etc.

Se excluyen de la presenta partida a los chicharrones, residuos membranosos procedentes de la fusión de la grasa de cerdo, del tocino o de otras grasas animales que se clasifican en la partida 23.01, también las tortas, orujo de aceitunas y demás residuos de la extracción de aceites vegetales que corresponde a la partida 23.04 o 23.06. tampoco comprende el aceite de pescado que ha sido solamente oxidado o polimerizado y que se clasifica en la partida 15.18 como el que ha sido tratado con ácido sulfúrico que se clasifica en la partida 34.02 ni las preparaciones para el engrasado del cuero que se clasifican en la partida 34.03.

Notas.-

Degrás natural, llamado también moellón, torcido o sod oil, consiste en productos residuales del agamuzado de pieles (o curtido al aceite), extraído de éstas por prensado o con disolventes; está fundamentalmente compuesto de aceite rancio de animales marinos (ballena, foca o pescado), de sustancias minerales (sosa, cal o sulfatos), deshechos de pelo, de membranas o de pieles.

Se presenta en forma de un líquido muy espeso, casi pastoso, homogéneo, con un olor intenso a aceite de pescado, de color amarillo o pardo oscuro.

Degrás artificial está esencialmente constituido por aceite de pescado oxidado, emulsionado o polimerizado (o mezclas entre sí de aceites) mezclados con suarda, sebo, aceites de resinas, etc., y a veces con degrás natural. Es un líquido espeso más fluido que el degrás natural de color gris amarillento, con el olor característico del aceite de pescado, que no contiene restos de pelos, de membranas o piel. En reposo tiende a formar dos capas depositándose el agua en el fondo.
Borras o heces de aceite son residuos grasientos o mucilaginosos del refinado de los aceites, utilizados en la fabricación de jabones o de lubricantes.

Pastas de neutralización que son subproductos del refinado del aceite que se forman cuando se neutralizan con una base (sosa cáustica) los ácidos grasos. Son una mezcla de jabón en bruto y de aceites o grasas neutras. Tienen consistencia pastosa y color variable (amarillo pardo, blanquecino, pardo verdoso, etc.), según la materia prima de la que se hayan extraído los aceites; se utilizan en jabonería.

Pez de glicerina es un residuo resultante de la destilación de la suarda que tiene un aspecto parecido al de la brea esteárica y se emplea para los mismos usos.
Brea esteárica o pez de glicerina residuo de la destilación de los ácidos grasos , que consiste en una masa pegajosa y negruzca, más o menos dura, a veces elástica, parcialmente soluble en éter de petróleo, que se emplea en la preparación de mástiques, de cartones impermeables o de aislantes eléctricos.

Residuos de filtración procedentes de la filtración de las ceras animales o vegetales, constituidos por las impurezas que conservan todavía algunas cantidades de cera.

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